La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorga a los monotributistas y trabajadores autónomos que cumplan puntualmente con el pago mensual, el reintegro de un importe equivalente al impuesto

Para que los trabajadores autónomos puedan acceder al beneficio correspondiente al año calendario 2023, es necesario haber abonado al menos ocho períodos mensuales.

De qué manera se obtiene el reintegro por cumplimiento de pago en AFIP

Beneficios que ofrece AFIP
Beneficios que ofrece AFIP

Para adherirse al débito automático y recibir el beneficio, se pueden seguir dos métodos diferentes:

Caja de ahorro

  1. Realizar la adhesión en la propia institución bancaria.

Débito automático en tarjetas de crédito

  1. Llamar a los siguientes números para solicitar la adhesión:
  • Argencard / Mastercard: (011) 4340-5665
  • CABAL: (011) 4319-2550
  • Visa: (011) 4378-4499

Débito automático en cuenta bancaria

  1. Formalizar la operación en alguno de los bancos habilitados para el pago, solicitando la adhesión al servicio.
  2. Hacerlo directamente desde el portal de Monotributo, ingresando con su clave fiscal en la sección “Pagos”.
  3. Informar una cuenta bancaria a través del servicio con clave fiscal “Declaración de CBU”.

Una vez que el cliente se haya adherido al débito y haya abonado los períodos fiscales mensuales, el reintegro se efectuará en el año calendario siguiente y será acreditado automáticamente.

Qué se debe tener en cuenta para el reintegro

Para acceder al beneficio de reintegro, tanto los monotributistas como los trabajadores autónomos deben haber realizado todos sus pagos a través de las siguientes modalidades:

  • Débito directo en cuenta bancaria.
  • Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.

Para los monotributistas de las categorías A, B, C y D, se requiere haber pagado el impuesto integrado completo durante al menos ocho períodos mensuales para el año 2023 y 10 períodos mensuales para el año 2024. Mientras que para el resto de categorías, se requerirá haber abonado al menos 12 períodos mensuales.