Gastos en las tarjetas: a partir de qué montos AFIP puede comenzar a controlar los movimientos
El organismo recaudador ha anunciado los nuevos montos que se aplicarán a las transacciones realizadas mediante tarjetas de débito y crédito.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comunicado la actualización de los límites que determinan la obligación de informar o actuar como agente de retención o percepción en diferentes regímenes fiscales.
Estos ajustes, basados en el coeficiente resultante de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), tienen un impacto relevante en la actividad económica del país.
Cuáles son los límites de gastos en tarjetas que estableció AFIP
Según lo comunicado por la AFIP, el propósito de esta actualización es mantener la representatividad objetiva de la actividad económica afectada. Los principales regímenes sujetos a estos cambios son los siguientes:
- Régimen de retención de IVA y Ganancias en sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: La exención de este régimen se establece cuando el monto a retener sea igual o inferior a 6.000 pesos, aumentando desde los 2.000 pesos anteriores.
- Régimen de percepción de IVA en operaciones de granos no destinados a la siembra y legumbres secas: Se aplicará cuando el pago supere los 11.500 pesos, reemplazando el monto anterior de 3.800 pesos.
- Régimen de información en servicios públicos para consumos relevantes: Las empresas proveedoras de servicios deben presentar información por operaciones iguales o superiores a 95.000 pesos mensuales, en lugar del valor previo de 31.000 pesos.