A partir de abril de este año, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) implementará un ajuste del 2,4% en los montos de jubilaciones y pensiones, de acuerdo con la fórmula de movilidad, la cual se basa en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Además, el organismo previsional confirmó que continuará otorgándose el bono extraordinario de $70.000, destinado a reforzar los ingresos de miles de jubilados, permitiéndoles superar los $350.000 mensuales.

De qué se trata el extra para jubilados de ANSES en abril 2025 y quiénes lo reciben

Con este incremento, los jubilados que reciben el haber mínimo comenzarán a percibir $285.820,63, a lo que se añadirá el bono de $70.000, alcanzando un total de $355.820,63. Este monto está destinado exclusivamente a quienes cobran la jubilación mínima, mientras que aquellos con ingresos mayores también accederán al refuerzo, aunque en forma proporcional según su haber base.

Además de los jubilados del régimen general, también se verán beneficiados los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las Pensiones No Contributivas (PNC).

En estos casos, los montos también se ajustarán: la PUAM se elevará a $298.656,50, mientras que las PNC por invalidez o vejez llegarán a $270.074,44. Gracias a la inclusión del bono, muchos de estos beneficiarios también superarán los $350.000 en abril.

Qué monto recibirán los jubilados de ANSES en abril 2025

Tomando en cuenta el ajuste por movilidad del 2,4%, los haberes previsionales quedarían de la siguiente manera:

  • Jubilación mínima sin bono: $285.892 
  • Jubilación mínima con bono: $355.892 (si el Gobierno confirma el pago de los $70.000)
  • Jubilación máxima: $1.923.743

Cuándo cobrarán los jubilados de ANSES en abril 2025

Las fechas de pago quedan conformados de la siguiente manera:

Jubilados que reciben el haber mínimo

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 9 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 1, a partir del día 10 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 2, a partir del día 11 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 3, a partir del día 14 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 4, a partir del día 15 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 7, a partir del día 21 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 8, a partir del día 22 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 9, a partir del día 23 de abril de 2025.

Jubilados que superan el haber mínimo

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de abril de 2025. 
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 28 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de abril de 2025.
  •  Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de abril de 2025.