Ley promulgada: se confirmó que la licencia de conducir vencerá en 10 años
Con la promulgación de la Ley 9.587 este martes, el plazo de vigencia de las licencias de conducir para conductores no profesionales se amplía a diez años.
Desde este martes, la Ley 9.587 amplía la duración de las licencias de conducir. Según lo establecido, las licencias para conductores no profesionales menores de cierta edad tendrán una validez de diez años.
Esta nueva legislación, que fue publicada en el Boletín Oficial, forma parte de las modificaciones implementadas en la Ley de Tránsito N° 9.024 de la provincia.
Cómo es la ley que se promulgó que extiende el vencimiento de la licencia de conducir
En Mendoza, la normativa establece plazos de vigencia de las licencias según la edad del conductor y sus antecedentes de tránsito.
Así, las licencias se otorgarán por diez años a quienes tengan hasta 65 años. Para los conductores de entre 66 y 75 años, el plazo será de cinco años, mientras que a partir de los 76 años, la renovación será cada tres años.
Además, los conductores con antecedentes de infracciones graves o condenas por conducción imprudente deberán renovar su licencia cada cinco años.
Cuáles son los requisitos para renovar la licencia de conducir en Mendoza
Los conductores deberán presentar un certificado de libre deuda de infracciones, un certificado médico psicofísico que demuestre su aptitud para conducir, y declarar que no padecen condiciones médicas que puedan afectar su capacidad para manejar.
Además, los conductores mayores de 65 años recibirán un descuento del 50% en el costo de la renovación.
Si han transcurrido más de 12 meses desde el vencimiento de la licencia, el trámite se considerará una solicitud de nueva licencia y no una renovación.