La Corte Suprema le dijo que no a la libertad condicional a reincidentes
A raíz del pedido de un presidiario, la Corte Suprema ratificó su posición respecto a la libertad incondicional de los reincidentes. El pronunciamiento se dio en medio del debate por la eventual reforma del Código Penal.
La Corte Suprema ratificó su posición en un fallo a raíz de un recurso que presentó un condenado que cumplió con los requisitos para obtener ese beneficio. El pronunciamiento se dio en medio del debate por la eventual reforma del Código Penal.
El tribunal resolvió que, el recurso extraordinario cuya denegación originó esta queja, "es inadmisible". El pedido surgió de Juan Miguel Cabail Abad, un recluso condenado a 16 años y tres meses de prisión, que había reclamado la libertad condicional porque "llevaba cumplida más de la mitad de la condena, estaba incorporado al período de prueba y registraba calificaciones favorables".
Dicha desestimación lleva las firmas de los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, mientras que Raúl Zaffaroni votó en disidencia.
Los defensores de Cabail Abad, plantearon la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal que indica que, que "la libertad condicional no se concederá a los reincidentes", ya que eso "afecta los principios de culpabilidad, de que nadie puede ser condenado dos veces por el mismo delito, como así también se basa fundamentalmente en el conocido derecho penal de autor".
Al rechazar la concesión de la libertad condicional en este el caso, la Sala Cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal declaró en junio de 2013 la constitucionalidad de dicho artículo. Luego, el caso llegó luego a la Corte Suprema, cuyo pronunciamiento se da a las puertas del debate que se originó a partir del anteproyecto de reforma del Código Penal, que prevé eliminar la reincidencia.