En bancos y billeteras virtuales: hasta qué monto se puede transferir sin que ARCA te controle los movimientos
Las billeteras virtuales también representan un ámbito de atención creciente para los organismos tributarios.
El auge de las billeteras virtuales como medio de pago y transferencia ha transformado la manera en que manejamos nuestras finanzas diarias. Sin embargo, el uso de estas plataformas no está exento de regulaciones, y las autoridades fiscales de ARCA han fijado límites específicos para controlar las operaciones realizadas a través de ellas.
Superar estos montos puede activar alertas y someter a los usuarios a un análisis más detallado por parte de la AFIP. Por ello, es esencial conocer cuáles son los topes establecidos para evitar inconvenientes y garantizar que nuestras transacciones se realicen dentro del marco legal.
Cuál es el monto límite que definió ARCA para controlar transferencias virtuales
A partir del 1° de enero de 2025, estas son las operaciones que deberán ser informadas únicamente si exceden los siguientes límites establecidos:
$600.000:
- Consumos totales realizados con tarjetas de débito dentro del país.
- Ingresos o egresos acumulados en billeteras virtuales.
$1.000.000:
- Acreditaciones bancarias totales en el transcurso del mes.
- Depósitos a plazo fijo efectuados durante el mes.
- Retiros de efectivo, ya sea en el país o en el extranjero, mediante ventanilla, cajeros automáticos u otros medios.
- Saldo final en cuentas bancarias al cierre del último día hábil del mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil del mes.
$2.000.000:
- Aplicable exclusivamente a billeteras virtuales, en el caso de transferencias bancarias o virtuales que superen este monto.
Este límite se ajusta automáticamente cada semestre de acuerdo con las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.