La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), anunció la actualización de los importes a partir de los cuales las entidades financieras como Mercado Pago, deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.

Este cambio se enmarca en los esfuerzos del organismo por simplificar procesos en beneficio de los contribuyentes y mejorar los regímenes de información.

Qué monto máximo se puede transferir por Mercado Pago sin declararlo a AFIP en junio 2024

  • Acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas: El monto mínimo se eleva de $200,000 a $700,000.
  • Consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales: El monto mínimo se incrementa de $120,000 a $400,000.

Además, la Resolución General N° 4614, que regula el régimen de información para las plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluyendo los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), también ha sido actualizada. Los nuevos umbrales son:

  • Ingresos o egresos totales: El monto mínimo se eleva de $120,000 a $400,000.
  • Saldos mensuales: El monto mínimo aumenta de $200,000 a $700,000.

Qué otros cambios tuvo el régimen de retención y percepción de AFIP

  • Régimen de retención de IVA y Ganancias en sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: El monto exento de retención se ha elevado de 2,000 pesos a 6,000 pesos.
  • Régimen de percepción de IVA en operaciones de granos y legumbres secas: El monto mínimo para aplicar el régimen ahora es de 11,500 pesos, sustituyendo el anterior de 3,800 pesos.
  • Régimen de información en servicios públicos para consumos relevantes: Las empresas proveedoras de servicios deben reportar operaciones iguales o superiores a 95,000 pesos mensuales, reemplazando el valor anterior de 31,000 pesos.

Estos cambios entraron en vigor el 1 de mayo de 2024.