La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que tanto las entidades financieras, los bancos, como las billeteras virtuales están obligadas a reportar al organismo cualquier transferencia de sus usuarios que exceda los montos establecidos. Esta medida tiene como finalidad detectar y supervisar posibles irregularidades fiscales en las operaciones.

Un descuido frecuente entre los contribuyentes ocurre al realizar transferencias que superan estos límites sin proporcionar la justificación correspondiente exigida por ARCA.

Qué dijo ARCA para los usuarios de billeteras virtuales

La ex AFIP podrá pedir información a las billeteras virtuales y entidades financieras sobre las transferencias que superen los siguientes montos:

$600.000

  • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000

  • Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

Qué documentación puede pedir ARCA si excedés el límite de transferencias

El organismo puede solicitar lo siguiente:

  • Boletas de compra y venta
  • Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
  • Facturación de los últimos meses
  • Constancia del monotributo
  • Certificado de fondos emitido por un contador público.