A partir de qué monto ARCA comienza a controlar las transferencias en marzo 2025
Conocé a continuación las sumas por las cuales el organismo estatal puede realizar averiguaciones en cuanto a movimientos de bancos y billeteras virtuales.
La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los límites que empleará para supervisar las operaciones bancarias y digitales efectuadas mediante homebanking y billeteras virtuales.
Con estos nuevos montos, las entidades financieras y plataformas de pago están obligadas a informar al organismo regulador sobre las transacciones, movimientos de saldo y gastos de sus usuarios. Esta modificación se debe a un sistema de actualización automática que se aplica cada seis meses, tomando como referencia los cambios en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Cuáles son los montos que controla ARCA en las transferencias de marzo 2025
ARCA informó en su sitio web la actualización de los montos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras digitales deben reportar información sobre movimientos, saldos y transacciones de sus usuarios.
Según datos del organismo, esta modificación responde a una "actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, conforme a los cambios establecidos en la Resolución General 5512/2024".
Los nuevos valores entraron en vigencia para las operaciones realizadas desde el 1° de enero y continuarán aplicándose en los meses siguientes.
A partir de estos límites, se deberán reportar los siguientes movimientos: consumos, ingresos y egresos que superen los $600.000; acreditaciones, depósitos, extracciones y saldos finales que excedan $1.000.000; y transferencias en billeteras virtuales por encima de $2.000.000.
Cabe aclarar que estos topes no impiden realizar transacciones por montos mayores, pero establecen el umbral a partir del cual ARCA podrá solicitar documentación respaldatoria que justifique el origen de los fondos, garantizando su legalidad y correcta declaración.
Este régimen de información es un requisito obligatorio para bancos, plataformas digitales y billeteras virtuales.
A continuación, se detallan los montos y su alcance:
🔹 $600.000
- Compras realizadas con tarjetas de débito en el país.
- Movimientos totales de ingresos y egresos en billeteras virtuales.
🔹 $1.000.000
- Suma total de acreditaciones bancarias en un mes.
- Depósitos a plazo fijo constituidos en el período.
- Extracciones en efectivo, tanto dentro del país como en el extranjero, realizadas por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias y billeteras digitales al cierre del mes.
🔹 $2.000.000
- Exclusivo para billeteras virtuales, en el caso de transferencias bancarias o digitales que superen dicho monto.