Cuándo se paga el Fondo de Desempleo de ANSES en abril 2025
Conocé a continuación cómo acceder y las fechas de pago de la prestación que brinda el organismo previsional para el cuarto mes del año.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció el calendario de pagos del fondo de desempleo para abril de este año.
Este apoyo económico está destinado a empleados en relación de dependencia que fueron cesanteados sin justa causa y que actualmente se encuentren buscando un nuevo empleo de manera activa.
Qué monto entrega el Fondo de Desempleo de ANSES en abril 2025
El fondo de desempleo se abona con un mes de atraso, lo que significa que en abril se liquidará el beneficio correspondiente a marzo. El valor de cada cuota representa el 75% del mejor sueldo que el trabajador haya percibido en los últimos seis meses antes de ser despedido.
No obstante, la ANSES establece límites mínimos y máximos, los cuales se ajustan de acuerdo al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Este parámetro fue actualizado mediante la Resolución 17/2024 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Tras la actualización, los valores del fondo de desempleo para abril son los siguientes:
- Monto mínimo: $146.223.
- Monto máximo: $292.446.
En qué fecha de abril 2025 se paga el Fondo de Desempleo de ANSES
Las fechas de pago son las siguientes:
- Miércoles 23 de abril de 2025: DNI finalizados en 0 y 1.
- Jueves 24 de abril de 2025: DNI finalizados en 2 y 3.
- Viernes 25 de abril de 2025: DNI finalizados en 4 y 5.
- Lunes 28 de abril de 2025: DNI finalizados en 6 y 7.
- Martes 29 de abril de 2025: DNI finalizados en 8 y 9.
Cómo es el trámite para el Fondo de Desempleo de ANSES
Para solicitar esta asignación del organismo estatal, es requisito que el trabajador haya sido despedido sin justa causa, haya finalizado su contrato laboral o haya perdido su empleo por razones ajenas a su voluntad. Es importante señalar que las renuncias voluntarias no habilitan el acceso al fondo de desempleo.
El trámite debe gestionarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación. Si la solicitud se realiza fuera de este período, se descontará una cuota por cada día hábil de demora.
Los beneficiarios pueden iniciar el trámite de dos maneras:
- De forma presencial: en cualquier oficina de ANSES, solicitando previamente un turno online.
- De manera virtual: a través de la plataforma Mi ANSES, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social.