La Resolución 10/2015 del desaparecido Ministerio de Salud de la Nación con respecto a la vacunación contra el meningococo para los menores de 11 años de edad de la Provincia de Buenos Aires debe suspenderse.

Así lo ordenó el Juzgado Federal N° 2 de La Plata, que hizo lugar a una medida cautelar presentada por la madre de una menor y la Asociación Civil AJUS La Plata-Ensenada cuando el Poder Ejecutivo había decidido suspender la dosis para los niños y niñas de 11 años. 

La sentencia del juez Adolfo Gabino Ziulu establece que el Estado deberá acceder a vacunar gratuitamente a la niña, facilitando los medios necesarios para hacerlo, en un término no mayor a diez días.

Fundamentos

En su argumentación, el magistrado precisa que “la vacunación ha sido pensada en nuestro ordenamiento como una herramienta importante de prevención, en donde el elemento de obligatoriedad se erige como pilar indispensable en miras de la salud pública”.

Y tras analizar las normas que protegen el derecho a la salud, destaca que dicho análisis cobra especial dimensión cuando el grupo que podría resultar afectado es el de niños, niñas y adolescentes.

La decisión que ajustaba la Salud

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