La Cámara Civil y Comercial Federal consideró que el formato de "carita sonriente" propio de Bagley y su producto "Sonrisas" fue plagiado por "Dale Alegría" y ordenó el cese de la utilización del producto de la competencia y el pago de una indemnización por daños y perjuicios.

El juicio está caratulado como "Bagley Argentina S.A. s/ Dilexis S.A. s/ Cese de uso de marcas. Daños y Perjuicios". Según consta en el fallo, Bagley inició una serie de reclamos extrajudiciales que finalmente terminaron en acciones judiciales.

La firma Dilexis argumentó que Bagley no tenía los derechos exclusivos del diseño, "por encontrarse ampliamente difundido en numerosos productos del rubro alimenticio" y que los consumidores no se podían confundir con las galletitas de la actora, debido a que las marcas que distinguen los productos y los paquetes "son claramente disímiles".

En primera instancia, si bien se reconoció que las dos marcas "eran inconfundibles", la jueza sostuvo que "estaba suficientemente acreditado que la firma Dilexis S.A. había utilizado indebidamente el formato y diseño de la galletitas Sonrisas, perteneciente a la actora".

La jueza fijó la indemnización en $150 mil aunque la resolución fue apelada por la demanda al sostener que "la 'carita sonriente' es de uso generalizado y ampliamente difundido en numerosos productos alimenticios y sobre esa base, la actora no puede pretender su monopolio".

La Sala II de la Cámara ratificó el fallo de primera instancia y con el voto de los jueces Graciela Medina y Alfredo Gusmán, señaló que Bagley tenía registrada la titularidad de la marca y del diseño, por lo tanto, gozaba de "todos los derechos y privilegios que le reconoce el art. 4° de la Ley de Marcas, toda vez que, con el registro se obtiene la propiedad del signo y la exclusividad de uso".

El fallo indica además que el "packaging" de las "Dale Alegria "tenían "una configuración idéntica a 'la carita sonriente'" de las "Sonrisas" de Bagley.