La Corte Suprema falló contra la sindicalización de las fuerzas policiales
El máximo tribunal determinó que los efectivos policiales no pueden sindicalizarse, avalando una decisión del Ministerio de Trabajo de la Nación.
Como se sabe, la cartera de Trabajo había denegado el pedido de inscripción del Sindicato Policial Buenos Aires en el Registro de la Ley de Asociaciones Sindicales, lo que llevó a diferentes reclamos judiciales por parte de quienes motorizaban tal agrupamiento gremial.
Finalmente, la Corte Suprema avaló este martes esa decisión que aunque involucra a la Policía Bonaerense, proyecta sus alcances sobre el resto de las fuerzas policiales de la Argentina.
El máximo tribunal había convocado en agosto de 2015 a una audiencia pública para analizar los argumentos de las partes a favor y en contra de la sindicalización policial.
Un año y medio después, y en voto dividido, los jueces los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz resolvieron que el personal de las fuerzas de la policía "no tiene un derecho colectivo a sindicalizarse". Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti votaron en disidencia.
Si bien los tratados internacionales reconocen el derecho a la sindicalización para las fuerzas policiales, "también permiten que la legislación interna de cada país restrinja o incluso prohíba" ese ejercicio, se destaca en el fallo de la Corte.