Juez federal determinó que las fotomultas son inconstitucionales
Con sólidos cuestionamientos al sistema que funciona por ejemplo en Capital Federal, el magistrado hizo lugar al reclamo de un damnificado.
El caso no deja de sorprender en todo el país: el reclamo de un automovilista entrerriano multado en la provincia de Misiones -ruta nacional 12- por exceso de velocidad encontró asidero en la interpretación de un juez federal, quien le dio la derecha frente a una de las herramientas de control del sistema vial más controvertidas.
El conductor se enteró de la infracción al recibir en su domicilio la copia con la multa y la intimación de pago, según reprodujo Infobae. Sin embargo, inició una impugnación por "manifiesta ilegitimidad" y el juez federal de Entre Ríos Daniel Alonso no solamente entendió su reclamo, sino que incluyó en su fallo fuertes críticas al sistema de las llamadas 'fotomultas'.
Para Alonso, este sistema -"incapaz de actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial"- no cumple las premisas establecidas en la ley nacional de Tránsito, que prevé detener la marcha del vehículo, indentificar al conductor, retener la licencia y hacerle firmar el acta correspondiente.
En la provincia de Córdoba, por ejemplo, se cumple este procedimiento al disponer controles a una distancia prudente de la ubicación donde el radar detecta la infracción, por lo que se procede a detener al vehículo infractor.
"¿Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando supuestamente en infracción?", se preguntó de manera retórica el magistrado en su fallo. "Más que el interés en la seguridad y la finalidad de obtener la introyección en los automovilistas de pautas de conducta de respeto a los derechos de los demás, el móvil meramente recaudatorio o fiscalista es el perseguido", consideró como respuesta.
Alonso también lanzó una comparación categórica: "Imputar responsabilidad al titular registral de un vehículo, sin haber realizado el mínimo esfuerzo para individualizar al conductor presuntamente infractor, es como responsabilizar al titular dominial de un inmueble donde se cometió un ilícito por su sola condición de tal", graficó.
De manera polémica, el jefe de Gobierno misionero, Marcelo Pérez, consideró que "nadie tiene por qué decirle a la Policía de Chubut o Río Negro como tiene que hacer las cosas", en una entrevista con Misiones Online, en una reflexión poco felíz otorgando autonomía a las fuerzas federales por sobre los derechos de las personas.
Diego Beber Brunner, el abogado damnificado, explicó en una charla con Info Baires que el sistema viola los considerandos de la norma vigente: "Es meramente recaudatorio, me sancionaron por exceso de velocidad pero la Ley Nac. de #Tránsito dice que se debe detener el rodado, identificar al conductor e informarle cuál fue la infracción".