El juez explicó la prisión domiciliaria al militar que abusó de su propia hija
El juez que presidió el tribunal que condenó a 14 años de prisión al militar que abusó de su hija explicó las razones por las cuales le otorgó el arresto domiciliario, señalando que "la condena aún no está firme" y advirtiendo sobre un habeas corpus que presentó la defensa.
El juez Juan Manuel Sueyro, quien presidió el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Mar del Plata que condenó al suboficial Marcelo Alberto Girat al hallarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, que cometió contra su hija cuando ésta tenía entre 13 y 17 años, explicó las razones de la prisión domiciliaria que benefició al reo.
Según el magistrado, el hecho de que la pena aún no esté firme, dado que Girat pueden apelarla, y un habeas corpus presentado por los abogados, fueron determinantes a la hora de determinar la prisión domiciliaria.
“La pena que determinamos es de 14 años de prisión efectiva. Pero ahora hay un proceso de apelación y la condena aún no está firme. En ese proceso se admite que Girat esté en su casa", explicó el juez, señalando que "si se hablara de 14 años de domiciliaria, la gente tiene toda la razón del mundo en enojarse”.
En declaraciones a radio Vorterix, Sueyro indicó que “dispusimos el encierro efectivo, pero se dio un incidente y creímos que había peligro de que esta persona entorpeciera las pruebas. En esa idea dispusimos el encarcelamiento".
No obstante, aclaró que "hace diez días se interpuso el habeas corpus y la Cámara Departamental impuso arresto domiciliario. Girat se fue como llegó, nadie pidió que se modifique prisión domiciliaria. El ministerio público fiscal no pidió que se modifique”, explicó.
La decisión, sin embargo, causó la reacción de los denunciantes. Rocío, la víctima que hoy tiene 20 años, indicó que "mi familia y yo estamos embroncados por esta situación" porque, aunque "el Tribunal dijo que era culpable" le dieron "arresto domiciliario por un habeas corpus que presentó".