Entre los ítems que figuran en la reglamentación del "Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares", publicada el miércoles en el Boletín Oficial, están la obligación por parte de los empleadores de abonar los salarios en una cuenta sueldo en caso de que preste servicios durante 32 horas o más por semana.

El empleador también deberá brindarle la cobertura de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), aunque esta norma recién entrará en vigencia una vez que los distintos organismos involucrados -AFIP, Superintendencia de Riesgos del Trabajo y Superintendencia de Seguros- dicten la normativa necesaria para "adecuar el sistema establecido a las características de la actividad".

Carlos Brasesco, apoderado de la Unión Personal de Auxiliar de Casas Particulares, dijo sobre la reglamentación que ahora "las trabajadoras domésticas tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier trabajador", entre los que destacó "el día de estudio, maternidad, obra social y cobertura de ART".

Para Brasesco, la reglamentación de la ley "es un logro y significa cerrar la redondez del círculo", y puso de relieve que "se concreta la normativa que ampara y cubre los derechos y obligaciones" de las empleadas domésticas.

Además consideró que "ya no hay justificación para no tener en blanco al personal doméstico", precisando que aproximadamente "un millón de trabajadoras domesticas, un 65 por ciento, esta en la informalidad, en negro".