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Cuál es el nuevo requisito que tiene la licencia de conducir en CABA
La Ciudad implementó un nuevo método de evaluación que los conductores deberán aprobar para obtener la licencia obligatoria.
A partir de este mes, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), se empezará a evaluar a los conductores de una forma distinta a la que se venía utilizando, con el objetivo de mejorar el tránsito en el distrito porteño.
Así, se han añadido una serie de nuevos requisitos que deberán cumplir quienes deseen obtener su licencia de conducir. Este nuevo sistema afectará únicamente a los conductores de motos.
Qué requisitos se modificaron en la licencia de conducir de CABA
El Gobierno porteño ha anunciado cambios que entrarán en vigor a partir del lunes 3 de junio para la tramitación de la licencia de conducir de motos:
- Indumentaria adecuada: Será obligatorio contar con el casco reglamentario (en buen estado y del tamaño adecuado), pantalón largo, mangas largas y calzado cerrado (sin tacones ni plataformas).
- Incorporación de nuevas pruebas: Se añaden la inspección preventiva, la prueba del 8 para evaluar el manejo a baja velocidad y el desplazamiento con el motor apagado.
- Cambios en la evaluación de la técnica de frenado: La evaluación de la técnica de frenado se separará del slalom en el nuevo examen, permitiendo una evaluación más precisa.
- Modificación en el parámetro de medición del zig-zag: En el antiguo examen, la medición del zig-zag se basaba en la velocidad, mientras que en el nuevo protocolo se basará en el tiempo, eliminando el uso del cronómetro.
- Reducción de la distancia en la prueba del zig-zag: Se ha reducido la distancia en la prueba del zig-zag de 7 metros a 5.30 metros, lo que permitirá una evaluación más precisa del movimiento de la moto de izquierda a derecha y la correcta posición e inclinación.
Cuáles son los requisitos para circular
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) podrá solicitar a los conductores la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Licencia Nacional de Conducir
- Cédula verde (o Cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la Cédula verde)
- Comprobante de seguro vigente
- Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV)
- Chapas patentes colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado
- Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares
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