En un fallo unánime, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 14, consideró a Veppo autor de los delitos de “homicidio simple en concurso ideal con lesiones graves, ambas figuras a título de dolo eventual”, por la muerte de la agente de tránsito Cinthia Choque (28) y las heridas sufridas por su compañero Santiago Siciliano (32).

Los jueces Domingo Luis Altieri, Hugo Norberto Cataldi y Silvia Mora, también dispusieron para el periodista una inhabilitación especial para conducir vehículos por el término de 10 años y ordenaron decomisar y poner a disposición de la Corte Suprema de Justicia el automóvil Volkswagen Passat con el que Veppo causó la muerte y las lesiones de los inspectores de tránsito.

El TOC también rechazó la nulidad del alegato de la querella que había sido planteada por la defensa de Veppo y mandó a extraer testimonios para que un juzgado investigue si Alberto Alejandro Aznar, el amigo que viajaba en el asiento del acompañante de Veppo la madrugada del hecho, cometió falso testimonio o algún otro delito cuando declaró al inicio de este juicio que se realizó de manera virtual vía Zoom.

El tribunal avaló así la postura del "homicidio con dolo eventual", es decir, cuando el autor debió representarse que con su accionar podía causar una muerte y no hizo nada para evitarlo.

Si bien los fundamentos se darán a conocer el próximo 8 de abril, se infiere que el tribunal tuvo en cuenta el exceso de velocidad –132 kilómetros por hora promedio según peritajes-, el cruce de dos semáforos en rojo, las maniobras imprudentes en "zigzag" y la ingesta de alcohol en una cena previa, que los acusadores le endilgaron durante el juicio.

El "dolo eventual" fue sostenido por la fiscal y el juez de instrucción que habían elevado a juicio el caso con esa carátula, y por la querella de la familia Choque, representada por el abogado Andrés Gramajo, quien en su alegato del 19 de este mes, había solicitado una pena de 15 años de prisión con esa calificación.

Los magistrados descartaron así las figuras del “homicidio y lesiones culposas agravadas”, elegida por el fiscal de juicio Fernando Klappenbach para pedir en su alegato una condena de 5 años y 10 meses de prisión, y también por los defensores de Veppo, Diego Szpigiel y Claudia Clementi, quienes habían solicitado la pena mínima por esos delitos.

Tras conocerse el fallo, Gabriela Choque, hermana de la víctima, dijo a la prensa no estar conforme con la sentencia de nueve años y tres meses de prisión pero manifestó sentirse "aliviada", ya que se hizo "un poco de justicia".

Por la mañana, y antes de que al mediodía se diera a conocer el veredicto, Veppo pronunció sus últimas palabras desde una sala del complejo penitenciario de Ezeiza donde está detenido desde el momento del hecho y allí, tal como lo había hecho cuando declaró en el juicio, volvió a pedir disculpas a los familiares de Choque y al sobreviviente Siciliano, reconoció que fue "imprudente", pero reiteró que nunca se imaginó que podía ocasionar este hecho.

“Reitero mi más sentido pedido de disculpas a los familiares de Cinthia y a Santiago. Decirles que no hay día que no piense en lo sucedido. Quiero que sepan que jamás, nunca, me representé que podía ocurrir este accidente, lo lamento profundamente”, dijo Veppo ante los jueces.

Con esta pena, el periodista de 32 años que llegó a trabajar en Radio 10, las productoras Ideas del Sur y Endemol, C5N y Canal 13, y que al momento del hecho era asesor en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, recién podrá dar por concluida su condena en 2028, aunque con la mitad de los años cumplidos podrá empezar a pedir salidas transitorias y con las dos terceras partes, la libertad condicional.
 

Cómo fue el arrollamiento

Veppo circulaba por la avenida Figueroa Alcorta a 132,75 kilómetros por hora, cuando la máxima es de 70.


Según lo acreditado en el juicio, el hecho ocurrió alrededor de las 3.35 del 8 de septiembre de 2019, cuando Veppo que iba junto a un amigo y una amiga rumbo a un boliche de la costanera porteña, conducía su Volkswagen Passat V6 FSI 4 Motion con caja automática, que había adquirido el día previo.

De acuerdo a la acusación fiscal, lo registrado por las cámaras de seguridad y lo declarado por testigos, el auto cruzó dos semáforos en rojo, venía "zigzagueando temerariamente" y a una velocidad promedio por Figueroa Alcorta de 132,75 kilómetros por hora, cuando la máxima es de 70 kilómetros por hora.

Metros antes de llegar a la intersección con la calle Tagle, donde se había montado un control de tránsito, y después de pasar a alta velocidad por la derecha a un taxi, Veppo embistió con la parte delantera derecha de su rodado a Choque y a Siciliano, provocando la muerte de la primera y ocasionando lesiones gravísimas al segundo.

Tras impactar a las dos víctimas, Veppo escapó sin socorrerlas y abandonó el vehículo sobre la calle Silvio L. Ruggeri, frente al Hospital Fernández de Palermo, tras lo cual abordó un taxi junto a sus acompañantes y se dirigió a su casa en el barrio porteño de Belgrano.

El auto fue hallado tres horas después del hecho por un oficial de la Comisaría Comunal 2A que se retiraba de franco.

Finalmente, alrededor de las 17.20 del 8 de septiembre, el imputado se presentó junto a su abogado en la Comisaría Vecinal 1A, donde quedó detenido a disposición de la justicia.

Los análisis de sangre y orina no detectaron alcohol ni drogas en el organismo del imputado, pero los acompañantes y el propio Veppo reconocieron que ingirieron algo de alcohol en una cena previa.