Disposición novena de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por parte de las fuerzas de seguridad
Reglamento General de Armas y Tiro de la Policía Federal
Capítulo X: en caso de fuga no se justifica el uso de armas, excepto que: En su huida el agresor continúe haciendo fuego contra el personal policial y ante esa circunstancia no impedir su fuga implique peligro inminente de muerte para sí o terceros.

La oficial Carla Céspedes aseguró en el juicio en el que la Justicia la absolvió que dio siete veces la voz de alto antes de matar a Ariel Santos, quien el 22 de diciembre de 2016 entró a robar al supermercado 'El Mundo' -de la calle Estivao 99, esquina Ramos Mejía- junto a Héctor Walter Corroncini. 

"Yo actué bien, no entiendo por qué estoy aquí", dijo ante el Tribunal y deseó: "Sólo espero que esto se termine para volver a cumplir con mis funciones".

Sin embargo, el cuerpo de Ariel -de 42 años- presentó tres heridas penetrantes y una escoriativa producto de cinco disparos: en la cresta ilíaca derecha sobre línea axilar posterior; otra en la muñeca izquierda, una más por encima de la tetilla derecha; y otra en la región dorso lumbar izquierda (espalda).

El lunes por la tarde, tras ser absuelta por el Tribunal Oral Criminal N°14 , la ministra Patricia Bullrich recibió a la agente en su despacho y elogió el fallo. 

Para la jefa de nuestra seguridad fue "cumplimiento del deber". Propuso hacer "la historia contrafáctica", y consideró que si Céspedees no actuaba de esa manera -¡matando!- "la hubieran condenado por estar a diez metros sin hacer nada".

Mama mía

"Vamos a apelar", avisó la madre de Ariel Santos, presente en el juicio, tras conocer el fallo. Ella, la agente, las defensas y los jueces vieron una y otra vez el registro fílmico de la cámara de seguridad exterior del negocio.

"Lo remató de atrás, estando desarmado", consideró la madre de Ariel "pero parece que no es suficiente para los jueces". Y advirtió que irá "hasta las últimas consecuencias" con la ayuda de los abogados, del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación.

Bullrich recibió a la policía absuelta por matar a un ladrón por la espalda: "Cumplió su deber"

El fallo a apelar

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 14, Hugo Norberto Cataldi y Miguel Angel Caminos votaron absolver a la policía, Carla Céspedes, mientras que la jueza Beatriz de Bistué de Soler votó en disidencia. 

Tal recuerda Página/12 en su nota, Cataldi es el mismo juez que condenó a siete años de prisión a Fernando Carrera, luego absuelto por la Corte Suprema, por el caso conocido como la 'Masacre de Pompeya', que Enrique Piñeyro hizo el documental al que llamó 'El Rati Horror Show'.

Dos años hasta ayer

Por lo sucedido, la oficial Céspedes estuvo detenida pero terminó el año en la mesa familiar. Para ella, el fiscal solicitó cuatro años de cárcel e inhabilitación de por vida por el homicidio cometido "con exceso en el cumplimiento del deber", el mismo delito por el que Luis Chocobar está imputado.

En su declaración, advirtió: "En todo momento me sentí amenazada. Desde el primer momento les di la voz de alto, se las di siete veces. En ningún momento la acataron. Se dieron a la fuga e incluso me enfrentaron cuando salgo afuera del supermercado y me encuentro con los dos delincuentes. Entendí que mi vida estaba en peligro, no solo la mía sino de quienes estaban afuera".

Qué Justicial, cuál Código

"El Código Penal es muy claro en lo que respecta a la legítima defensa. Hay que estar repeliendo una agresión en curso y tiene que haber una proporcionalidad entre lo que se intenta evitar y lo que se provoca", precisa el abogado Juan Ignacio Maurin, de la Correpi (Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional).

Y subrayó la gravedad del caso, en que "el cambio de paradigma acá es que el bien jurídico, la propiedad privada, equivale a la vida del presunto delincuente. Se está avalando el accionar de quien dispara aun cuando un delincuente no esté poniendo en riesgo la vida de nadie".

Como conclusión, el letrado resumió que "lo que queda en claro es que la política criminal es legitimar la ejecución in situ. No es casualidad que se vengan repitiendo casos, porque transforman en ley penal lo que es una línea política".

Preguntas

¿Al registro fílmico no le falta el que pueda ofrecer el de la calle Ramos Mejía, sobre la cuál falleció Santos y escapó su cómplice?

¿No se vería allí si hubo un 'tiro de gracia' o por la espalda de la agente?

Posdata

"Absolvieron a la policía que mató el chorro en la puerta del Chino, viste", comentarán en el Supermercado.

Y seguirá el debate entre vecinos como ministros, sin manual, ni código penal en mano.