ARCA controla las transferencias en billeteras virtuales: a qué monto no debés llegar en marzo 2025 para evitar problemas
Enterate a continuación cuáles son los límites máximos por los cuales el ente gubernamental puede realizar averiguaciones de transferencias en las billeteras virtuales.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó a comienzos de enero sobre una modificación en los montos a partir de los cuales las entidades bancarias y las plataformas de billeteras virtuales deberán reportar las transacciones de sus clientes.
Según un comunicado oficial, esta actualización responde a la "revisión automática que se realiza cada seis meses, tomando como referencia las fluctuaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)".
Cuál es el monto que no debés superar en transferencias en marzo 2025 para no tener problemas con ARCA
Las entidades bancarias y las plataformas de pago digital, como Mercado Pago, estarán obligadas a informar las transacciones de sus usuarios cuando superen los siguientes límites:
- $600.000
- Monto total de compras realizadas con tarjetas de débito.
- Suma de ingresos o egresos en billeteras virtuales.
- $1.000.000
- Total de acreditaciones en cuentas bancarias dentro de un mismo mes.
- Depósitos a plazo fijo efectuados en ese período.
- Extracciones de efectivo realizadas tanto en el país como en el extranjero, ya sea por ventanilla, cajeros automáticos o cualquier otro método.
- Saldo final en cuentas bancarias al cierre del último día hábil del mes.
- Saldo disponible en billeteras virtuales al último día hábil del mes.
- $2.000.000
- Exclusivo para billeteras virtuales: en caso de que se realicen transferencias, ya sean bancarias o entre plataformas digitales, que superen dicho monto.
Qué documentación puede pedir ARCA sobre las transferencias
El ente recaudador analizará la situación fiscal de los contribuyentes cuyos movimientos superen los montos establecidos, verificando que el origen de los fondos sea legítimo.
Si los límites son excedidos, los usuarios deberán enviar la documentación solicitada por correo electrónico. En determinados casos, las entidades financieras podrían optar por cerrar la cuenta del cliente e incluso presentar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante las autoridades competentes.
Algunos de los documentos a solicitar pueden ser los siguientes:
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturas emitidas en los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Tickets de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.