El Poder Ejecutivo Nacional publicó este sábado, en el Boletín Oficial, el Decreto de Necesidad y Urgencia ( DNU) 335/2020 por el cual prorroga el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto ante la pandemia de coronavirus hasta el 26 de abril con la posibilidad de establecer "excepciones" a las medidas de prevención vigentes.

En su artículo 2, el DNU establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional” podrá, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, y a pedido de los gobernadores y jefe de gobierno porteño, disponer excepciones del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio".

De esta manera, Santiago Cafiero tendrá la posibilidad de "exceptuar la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y servicios o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas", siempre que "medien" determinadas "circunstancias".

En ese sentido, fija que los mandatarios provinciales deberán hacer sus requerimientos "por escrito, previa intervención y asentimiento de la máxima autoridad sanitaria local, en atención a la situación epidemiológica respectiva".

Ese requerimiento, tendrá que estar acompañado de "un protocolo de funcionamiento correspondiente, dando cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad nacionales y locales".

Qué dice el nuevo decreto que extiende la cuarentena hasta el 26 de abril

- El Gobierno publicará una decisión administrativa con las nuevas actividades exceptuadas, que podrán operar a partir del lunes:

 Actividad bancaria con turnos previos.

Habilitación para las salidas de personas con discapacidad o con trastorno del espectro autista (TEA) "dentro de los lugares de cercanía a su domicilio".

Habilitación de salidas para los acompañantes terapéuticos de las personas con discapacidad.

Habilitación de los talleres mecánicos, para la atención de vehículos del transporte público, los móviles afectados a las fuerzas de seguridad y el sistema sanitario.

Venta de repuestos para los vehículos del transporte público, los móviles afectados a las fuerzas de seguridad y el sistema sanitario.

Fabricación de neumáticos y venta sin atención al público.

Venta a domicilio de artículos de librería e insumos informáticos.