Primer rechazo al fallo de la Corte: un apropiador de bebés debe seguir detenido
Así lo determinó el TOC 5 luego de que el represor condenado Héctor Giribone pretendiera beneficiarse con el fallo del máximo tribunal que extendió al 2x1 a delitos de lesa humanidad.
Este viernes se conoció el último caso –hasta ahora– de un represor que pidió beneficiarse con el 2x1 al que dio vía libre la Corte Suprema, al considerar que los delitos de lesa humanidad son equiparables con un robo callejero.
Se trata del apropiador de Victoria Donda y Laura Ruiz Dameri, el exprefecto Juan Antonio Azic, sobre cuyos hombros pesan tres condenas: dos por apropiación de bebés y una por secuestro, desaparición y torturas.
Y este viernes también se conoció el último caso –hasta ahora– de un tribunal que rechaza beneficiar a un condenado por delitos cometidos durante la dictadura.
Unánimemente, el Tribunal Oral Federal 5 rechazó la excarcelación del represor Héctor Salvador Giribone, condenado por robo de bebés en la dictadura, quien había pedido amañarse en el 2x1.
Los jueces Adriana Palliotti, Angel Nardiello y Oscar Hergott resolvieron declarar abstracto el pedido para disponer la inconstitucionalidad de la ley del 2x1, ya derogada.
Uno de los jueces, Nardiello, también puso en duda la obligatoriedad de los fallos de los tribunales superiores, como había ponderado la defensa de Giribone.
"Bien es sabido que el sistema jurídico que rige en nuestro país encuentra arraigo normativo dogmático muy fuerte, pues la ley resulta ser nuestra fuente fundamental del derecho, sin perjuicio de que la jurisprudencia también lo es pero, no en forma obligatoria", dijo.
El juez sostuvo: "Las sentencias de la Corte tienen para los demás tribunales un valor no vinculante y no tengo dudas que las mismas requieren una suerte de acompañamiento por parte de los tribunales inferiores. Ese carácter podría desaparecer cuando la misma ejerce el control de constitucionalidad y de última intérprete de la Constitución Nacional. En ese caso, su resolución supedita a los tribunales inferiores".
También resaltó que la misma Corte, en un precedente anterior, sostuvo que "sus fallos no resultan obligatorios para casos análogos" y remarcó que la Constitución "en modo alguno dispone expresamente" la obligatoriedad de los precedentes del máximo tribunal "sin perjuicio" de que "resulte ser el último tribunal a los efectos de resolver controversias".
"Entender que los procedentes de la Corte resulten obligatorios, puede llevarnos a pensar que sería más conveniente el establecimiento de una Corte que ejerza un control de constitucionalidad concentrado y directo -dijo-. Existe un conflicto relevante entre dos factores: por un lado la uniformidad de las sentencias y por otro la independencia interna entre los jueces".
"Ello máxime cuando es indiscutible que la fortaleza del supuesto efecto vinculante de los fallos del máximo tribunal, se va matizando en aquellos precedentes en donde los votos y su contenido resultan ser semejantes, consonantes y homogéneos, no siendo el caso traído a estudio", aseveró.
El juez Hergott, por su parte, también rechazó el pedido al señalar que la Corte "no ha efectuado distingo entre los actos ilícitos comunes tipificados en el Código Penal con aquellos mismos delitos pero enmarcados como constitutivos de delitos aberrantes".