La Cámara Federal de Córdoba revocó el procesamiento y dictó el sobreseimiento del expresidente en la causa que investiga la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero en 1995.

Causa en la que hay cinco militares retirados procesados -imputados por estrago doloso-, y que a 18 años de las explosiones que en 1995 dejaron siete muertos, 300 heridos y una ciudad enlutada, aún no tiene fecha el juicio oral.

La sala "A" de la Cámara revocó por mayoría la resolución 459/2013 dictada por el juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, en la que señalaba al exmandatario como probable instigador de la explosión.

Ochoa había resuelto procesar a Menem el 12 de agosto de 2013 por estrago doloso agravado en agosto pasado.

Además los integrantes de la sala que encabeza Ignacio Vélez Funes, confirmaron el sobreseimiento del exjefe del Ejército Martín Balza.

Los policías imputados son: Carlos Jorge Franke, Edberto González de la Vega, Jorge Antonio Cornejo Torino, Oscar Nicolás Quiroga, Marcelo Diego Gatto y Norberto Osvaldo Emanuel.

Fundamentos

El argumento principal para sobreseer al expresidente es que el procesamiento de Ochoa es defectuoso y que, desde 2010, cuando Menem había obtenido la falta de mérito, no hubo pruebas nuevas.

El juez de Río Cuarto había procesado a Menem a partir de la condena dictada en la causa Armas, considerando que no podía "negarse que la maniobra de venta ilegal de material bélico no concluyó sólo con el contrabando, sino que, precisamente a raíz de haber quedado al descubierto, se llevaron a cabo otras actividades conexas que terminaron con la explosión intencional de la Fábrica Militar de Río Tercero".

La hipótesis era que se había provocado la explosión "con el objeto de borrar cualquier rastro que pudiera vincular a funcionarios con el mentado contrabando".

Sin embargo, para los camaristas, sostienen que esos indicios sólo alcanzan a para iniciar una investigación o dictar una citación a indagatoria.

Vélez Funes escribió que “...si bien el hecho a partir del cual el juez [Ochoa] infiere la participación de Menem podría justificar el inicio de una investigación y la correspondiente receptación de declaración indagatoria al imputado".

Sin embargo, esto "no alcanza, en modo alguno, para motivar una resolución de procesamiento...”.

En disidencia, el conjuez Vaggione, votó por sostener el procesamiento de Menem al considerar que las dudas sobre la participación del expresidente debían despejarse en un juicio oral, “...teniendo en cuenta la gravedad institucional del hecho investigado y la participación de numerosos funcionarios públicos".

Balza, también sobreseido

Vaggione también había cuestionado el sobreseimiento de Balza y se pronunció a favor de un juicio oral, como en el caso de Menem.

El juez de Río Cuarto había sobreseído a Balza y esa medida fue respaldada por la Cámara, en mayoría.

Según el juez Vélez Funes, “...no ha resultado factible a la instrucción obtener otras constancias relativas a la participación de Martín Antonio Balza en el hecho, siendo que la prueba colectada no ofrece ningún dato relevante en torno a su responsabilidad para inculparlo...”.