La Corte Suprema declaró inconstitucional que los jubilados paguen el impuesto a las Ganancias
El máximo tribunal, con la disidencia de Carlos Rosenkrantz, dictaminó la inconstitucionalidad del cobro de Ganancias a los jubilados al considerar que ese impuesto ya fue pagado con el sueldo cuando estaban en actividad.
Si bien el fallo de la corte es sobre un caso en particular sienta jurisprudencia y los jubilados ya no tendrán que pagar el impuesto a las ganancias.
El caso del que se ocupó la Corte fue el pedido de María Isabel García, de Concepción del Uruguay. La mujer presentó una demanda contra la AFIP a raíz del pago del Impuesto a las Ganancias sobre su haber previsional.
Tanto la justicia de primera como de segunda instancia dictaron la inconstitucionalidad de la aplicación del impuesto al considerar que la jubilación no es una ganancia y que la mujer ya había pagado el impuesto cuando era trabajadora activa pero ante la apelación del Estado el caso lleco a la Corte.
Ahora corresponde que a la mujer le devuelvan el monto por el que tributó desde hace cinco años. Y si bien los efectos de fallo serán para el caso concreto de María Isabel, en un futuro podrían aplicarse los lineamientos del alto tribunal en otros expedientes.
El fallo también podría llevar a que comiencen nuevos juicios de personas a los que se les retuvo ganancias.