La CGT y la UIA firmaron acuerdo: trabajadores suspendidos cobrarían 75% del sueldo
Se trata de un convenio marco que se les va a garantizar el 75% del salario a aquellos trabajadores que sean suspendidos y que por lo tanto no tengan que cumplir tareas.
La firma entre el sector gremial y la entidad que conduce Miguel Acevedo tuvo lugar esta tarde y posteriormente el acuerdo fue trasladado al ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y al titular de la cartera de Trabajo, Claudio Moroni.
Antes de llegar finalmente a buen puerto, la negociación osciló entre las posturas dispares de ambos sectores. Por un lado, la CGT planteó en un primer momento que el salario de un trabajador suspendido se ubique en torno al 80%. Por otro, la UIA pretendía, que junto al aporte del salario complementario que realizará el Estado, el pago de la mensualidad alcance el 60%.
Según había adelantado este medio en la edición de este lunes, el Ejecutivo adelantó que la postura era que prime un valor cercano al 75%.
Tal como consignó la agencia Noticias Argentinas, todavía el Gobierno está esperando el documento firmado para acceder a los detalles del acuerdo. En la práctica, el mismo implica por un lado un marco que avala las suspensiones y por otro obliga a las empresas a abonar un piso mínimo del 75% de los salarios a los trabajadores que no cumplan tareas presenciales.
El texto al que accedió este medio lleva las firmas de los secretarios generales de la CGT, Héctor Daer y Carlos Acuña; del titular de la Unión Obrera Metalúrgica, Antonio Calo y el secretario adjunto de la CGT, Andrés Rodríguez. Por el lado de la UIA, rubricó el acuerdo su presidente, Miguel Acevedo, y el vice, Daniel Funes de Rioja.
Allí señalan que "el monto que los empleadores deberán abonar como prestación no remunerativa o las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral en este marco no podrá ser inferior al 75% del salario neto que le hubiere correspondido al trabajador en caso de haber laborado". Asimismo, detallan que sobre éste monto "deberán realizarse la totalidad de los aportes y contribuciones porla ley 23660 y 23661 y el pago de la cuota sindical".
De esta manera, buscan que aquellos acuerdos firmados entre empleados y empleadores que se encuentren dentro de las condiciones estipuladas - suspensión con pago del 75% o más - sean homologados en forma automática. "Solamente en esas condiciones o cuando se establezca un porcentual mayor, la autoridad de aplicación homologará en forma automática los acuerdos que se presenten", reza el documento.
En ese marco, fuentes de la central obrera afirmaron a NA que "no es una baja salarial", sino que se trata de una "percepción que cobrarán los trabajadores suspendidos, que tiene que ser superior al 75%".
"Es un piso para que los trabajadores suspendidos no cobren menos", resaltaron.
Un informe difundido esta semana por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA) reveló que entre el 15 de marzo y el 15 de abril se vieron afectados más de 300 mil puestos de trabajo. El relevamiento indicó que se produjeron 5.386 cesantías, 7.223 suspensiones, 3.070 atrasos de pago de salarios, 54.030 reducciones de haberes, 8.480 suspensiones y 231.483 convenios obrero-patronales de baja de ingresos, y puntualizó que "no obstante la crítica realidad nacional no se percibió en ese período una cantidad numerosa de casos de despidos".
Fuente: Ambito.com