Tal y como prometió el presidente Mauricio Macri en su discurso del 8 de marzo, cumplió con el envío al Congreso del proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo para garantizar la igualdad salarial y la inserción de la mujer en el ámbito laboral.

La semana pasada Macri se comprometió a avanzar en la "igualdad de género y de oportunidades entre las mujeres y los hombres" y "lograr el salario igualitario".

Entre las correcciones que propone para el actual sistema de licencias por paternidad y/o maternidad, la iniciativa propone que el trabajador "cualquiera sea su género gozará de 15 días corridos por nacimiento o adopción de hijo, y ésta podrá extenderse por 10 días más en caso de nacimiento o adopción múltiple", a la vez que establece que "estos plazos aplicarán tanto para el trabajador como para la trabajadora que no haya gestado al hijo".

La norma que se debatirá prevé ampliar la licencia por fallecimiento de hijo de tres a 10 días corridos y se incorporan licencias por "someterse a técnicas y procedimientos de reproducción médicamente asistida" (cinco días corridos por año) y por violencia de género (10 días corridos por año), entre otras.

Con el fin de establecer "la equidad de género y la igualdad de oportunidades en todos los aspectos de la vida laboral", el proyecto afirma que "los trabajadores cualquiera sea su género tendrán iguales derechos en todo lo relativo a su acceso al empleo, a su selección y contratación, a sus condiciones de prestación, a su desarrollo o evolución en la carrera dentro de la empresa".

"Los contratos individuales, las convenciones colectivas de trabajo y las reglamentaciones autorizadas no podrán establecer ningún tipo de discriminación en el empleo, fundada en el género o en el estado civil de quienes trabajan", reza el texto del proyecto según reprodujo ambito.com.

Las bases a discutir en comisión indican una modificación sustancial del artículo 173 de la Ley de Contrato de Trabajo, en la que establecería "la igualdad salarial estricta", al señalar que "en los contratos individuales, convenciones colectivas de trabajo, reglamentaciones y todo acto por el cual se fijen o estipulen salarios, se garantizará la plena observancia de la igualdad de género en la aplicación del principio constitucional de igual remuneración por igual tarea".

Asimismo, el proyecto del Poder Ejecutivo establece que "los empleadores, a nivel individual o a través de las entidades representativas de su actividad, deberán elaborar o adherir a un código de conducta relativo a las medidas adoptadas para garantizar el respeto a la igualdad de género en el interior de la empresa". 

En tanto, el proyecto establece que el empleador deberá respetar el cargo de la mujer que fue madre, al proponer que deberá reincorporarse a su puesto "en las mismas condiciones que lo venía haciendo o reintegrarse en otro cargo o empleo de igual categoría con una reducción de la jornada normal de trabajo y en la misma proporción de su remuneración, en ambos casos, de común acuerdo con su empleador y por un plazo no superior a los seis meses".

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