Represas
De Vido respondió al fallo de la Corte sobre acceso a la información
Fue luego de que el máximo tribunal rechazara un planteo del Estado nacional contra una sentencia que obligaba a dar información por la construcción de dos represas solicitado por dos legisladores.
Al respecto el ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, remarcó que "se ha respetado el derecho de acceso a la información pública" del legislador radical Manuel Garrido y el dirigente del mismo partido Ricardo Gil Lavedra "en relación a la gestión del Ministerio sobre el proceso de selección de ofertas para la ejecución de las represas Néstor Kirchner y Jorge Cepernic" en Santa Cruz.
De Vido señaló que "la información es publica y está disponible" ya que "es regla en el Ministerio desde 2003 informar a la ciudadanía no solo lo que le sea requerido, sino también el estado en todo tiempo de los tramites en general, al que se accede libremente a través de la web (www.minplan.gob.ar).
Respecto al pedido de Garrido y Gil Lavedra, De Vido señaló que "la consulta inicial de los mismos fue realizada el 2 de agosto de 2013 con absoluta precisión técnica, lo cual demuestra y confirma justamente el conocimiento del tema que había sido difundido de forma transparente, clara y pública por este ministerio".
"La consulta -señaló el ministro- tenía relación con datos del proceso de selección que en la instancia del trámite y por imperio de la propia normativa licitatoria era de consulta restringida para las partes y terceros, lo que no permitía hacer efectivo el principio de máxima divulgación".
En tal sentido reveló que "la respuesta a Gil Lavedra y a Garrido se formalizó el 20 de agosto, y motivo que se ampararan ante la justicia, que el 4 de diciembre hizo lugar al amparo".
"No obstante estar pendientes los recursos judiciales contra esa sentencia, Gil Lavedra y Garrido, reiteraron la consulta en los mismos términos, el 13 de marzo de 2014 y el Ministerio respondió detalladamente el 27 de marzo, cuando las normas del proceso licitatorio así lo permitían", remarcó De Vido.
En consecuencia, puso de relieve que "el fallo de ayer, carece de objeto y deviene abstracto toda vez que no existen ya las causales que motivaron el amparo", porque remarcó que "la respuesta fue hecha el 27 de marzo de 2014, es decir hace más de seis meses".

Al respecto el ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, remarcó que "se ha respetado el derecho de acceso a la información pública" del legislador radical Manuel Garrido y el dirigente del mismo partido Ricardo Gil Lavedra "en relación a la gestión del Ministerio sobre el proceso de selección de ofertas para la ejecución de las represas Néstor Kirchner y Jorge Cepernic" en Santa Cruz.

De Vido señaló que "la información es publica y está disponible" ya que "es regla en el Ministerio desde 2003 informar a la ciudadanía no solo lo que le sea requerido, sino también el estado en todo tiempo de los tramites en general, al que se accede libremente a través de la web (www.minplan.gob.ar).

Respecto al pedido de Garrido y Gil Lavedra, De Vido señaló que "la consulta inicial de los mismos fue realizada el 2 de agosto de 2013 con absoluta precisión técnica, lo cual demuestra y confirma justamente el conocimiento del tema que había sido difundido de forma transparente, clara y pública por este ministerio".

"La consulta -señaló el ministro- tenía relación con datos del proceso de selección que en la instancia del trámite y por imperio de la propia normativa licitatoria era de consulta restringida para las partes y terceros, lo que no permitía hacer efectivo el principio de máxima divulgación".

En tal sentido reveló que "la respuesta a Gil Lavedra y a Garrido se formalizó el 20 de agosto, y motivo que se ampararan ante la justicia, que el 4 de diciembre hizo lugar al amparo".

"No obstante estar pendientes los recursos judiciales contra esa sentencia, Gil Lavedra y Garrido, reiteraron la consulta en los mismos términos, el 13 de marzo de 2014 y el Ministerio respondió detalladamente el 27 de marzo, cuando las normas del proceso licitatorio así lo permitían", remarcó De Vido.

En consecuencia, puso de relieve que "el fallo de ayer, carece de objeto y deviene abstracto toda vez que no existen ya las causales que motivaron el amparo", porque remarcó que "la respuesta fue hecha el 27 de marzo de 2014, es decir hace más de seis meses".