Lo sucedido con el HSBC brinda al Congreso una posibilidad de avanzar con una investigación a fondo.

Desentrañar el comportamiento de los bancos implica determinar los mecanismos que se utilizan para la fuga de las divisas. Si bien el giro de fondos al exterior en determinadas condiciones es legal, deja de serlo cuando los fondos son ilegales, como por ejemplo cuando provienen  de la evasión fiscal o de otros ilícitos.

Lo es en todo tiempo, antes y ahora,  hay bancos que entre sus principales actividades está la de buscar deliberadamente nuevos clientes ofreciéndoles el servicio de “puente” para la salida de divisas.

En el año 2001, el de la crisis,  los bancos Citi, HSBC y Río fueron los más utilizados por las empresas, en tanto el Galicia fue preferido por las personas físicas.

Si bien la salida de divisas tuvo una amplia y diversificada cantidad de destinos, las plazas de los Estados Unidos y el Uruguay explican la mayor parte. En el caso del Uruguay, la relevancia es baja en lo atinente a empresas pero muy significativa en el caso de las personas físicas.

El total de operaciones indica que el 50,5% se dirigió a EE.UU., mientras que el 21,9% tuvo como destino geográfico el Uruguay.  Sin embargo, los montos transferidos evidencian un peso aún mayor por parte de EE.UU., el cual concentra casi el 77% del total. El monto promedio en cada operación de transferencia al exterior realizada por persona física ascendió a unos 100.000 dólares en el caso de EEUU y cerca de 80.000 dólares en el caso de Uruguay. Una peculiaridad es que ninguno de estos dos destinos posee el mayor monto promedio, el cual correspondió a Suiza con alrededor de U$S 150.000.

El mecanismo fue descripto muy simplemente por el Juez Mariano Bergés en  la causa N° 9437/2002 caratulada “Frattini, Carlos Pedro -s/ defraudación” . Sustancialmente se trata de lo siguiente: “un particular o empresa manifiesta a un banco su voluntad de depositar fondos en el exterior o el mismo banco sugiere a su cliente el beneficio de sacar los fondos. Para hacerlo la misma entidad financiera abre una cuenta en el exterior o la hace abrir por una oficina externa que realiza esa tarea en directa conexión con la mencionada institución financiera y transfiere los fondos por sí, en algunos casos, o a través de una casa de cambios, en otros”. Cuando los presidentes de algunos de los más importantes bancos argentinos fueron preguntados en el juzgado de Bergés sobre estos procedimientos, algunos de ellos mencionaron que se limitaban a “recomendar” clientes a entidades relacionadas en el exterior. Debe observarse que de acuerdo a la legislación nacional los bancos locales no pueden abrir cuentas en el exterior desde nuestro país.  A su vez el banco que otorga el préstamo con garantía de depósitos del solicitante en el exterior estaba obligado a informar al BCRA cuando los fondos depositados en el exterior son sospechosos. Indudablemente que no hubo información significativa por parte de las entidades financieras. En una clara actitud de ocultamiento determinamos que las omisiones de los bancos en la información dada al Banco Central llegaron al extremo de no declarar entidades controladas en paraísos fiscales. Ni siquiera cumplían con los regímenes informativos con fines estadísticos. Así nos encontramos que las transferencias efectuadas al exterior no tuvieran un motivo declarado o lo hicieron en forma ambigua en más del 76% de los casos. Así fue como “otros movimientos de capitales”, “otros giros al exterior”, “movimientos de capitales varios” y similares eran los conceptos con que definían el campo,  llegando al extremo que en una inusual muestra de solidaridad el promedio de giro al exterior por el concepto “ayuda familiar” fue de U$S 28.000.

Está claro que la actitud de los distintos actores no fue inocua. Que con la complicidad de las instituciones bancarias se transfirieron fondos cuanto menos provenientes de la evasión fiscal. El país terminó inmerso en una de las peores crisis de su historia, con un crecimiento exponencial de la deuda externa y la pérdida de reservas del BCRA de 19.000 millones de dólares solo en el 2001.

El informe final fue enviado a fines de octubre del 2003 a la AFIP, a la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos Tributario y Contrabando (UFITCO) y a la Procuración General de la Nación donde formaron el expte. interno nro. 5424/03 remitiéndolo al Fiscal General ante  la Cámara Nacional de Apelaciones y lo Criminal y Correccional Federal.

La historia se repite insistentemente. Queda en manos de los representantes del pueblo profundizar la investigación y ponerlos en manos de la justicia para la determinación de los delitos cometidos.

*Ex Diputado Nacional

Presidente Comisión Especial investigadora  de la Fuga de Divisas año 2002

Cámara de Diputados de la Nación