Violetta sí, artistas callejeros no
Desde 2007 la Ciudad de Buenos Aires se ha caracterizado por el desarrollo de políticas socio culturales excluyentes, teniendo en cuenta el paradigma llevado adelante por el PRO que se basa en una visión de la cultura como espectáculo y el espectador como cliente. En este marco la figura del artista y músico callejero, históricamente parte del entramado urbano porteño, no representa los lineamientos impuestos por el mercado, como sí lo hace Violetta, Tan Biónica, e incluso el Sri Sri Ravi Shankar. Es por ello que sufre permanentes persecuciones, enmarcadas en una disputa por la apropiación y uso del espacio público que ha promovido la criminalización de ciertas expresiones artísticas.
Desde 2008 se han sucedido sistemáticamente actos de violencia y persecución policial sostenidos por la existencia de un vacío legal en torno a la figura del artista callejero. Jamaicaderos, Pollerapantalón, Ciudad Baigón y El Método son algunos de los grupos que han sido víctimas de frecuentes hechos de violencia, tanto física como verbal. El suceso más grave hasta ahora ocurrió el 31 de agosto de 2012, cuando la banda “Jamaicaderos” y parte del público que los acompañaba fueron agredidos por cuatro empleados de seguridad privada contratados por los vendedores de dólares blue en la calle Florida, y uno de ellos los amenazó e intentó acuchillar mientras la policía liberaba la zona, según la denuncia realizada por el saxofonista Alejandro Cabrera Britos. El hecho concluyó en la apertura de una causa por amenaza con arma blanca en el Juzgado de Instrucción N° 1 a cargo del juez Hernán López, pero el agresor sigue libre e incluso trabajando en el mismo lugar.
Britos, explicó que las principales denuncias recibidas durante estos años, acudiendo al código contravencional porteño, fueron por “ruidos molestos”, “venta de mercadería ilegal”, e incitación a “salideras bancarias”, cuando los músicos se ubicaban cerca de las puertas de alguna Institución Bancaria. “No solo venimos teniendo una persecución lamentable y sufrimos la criminalización de la cultura, sino que además nos niegan la posibilidad de un diálogo para tratar la regulación del arte callejero de alguna manera”, asegura Alejandro.
Desde 2009 la organización que conjuga a los músicos callejeros exige la posibilidad de entablar el diálogo para homologar el arte en las calles, sabiendo que su actividad es amparada por los artículos 15 y 16 de la Ley 4121 que regula el funcionamiento de las actividades feriales y el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
En junio de 2012 los artistas, con el apoyo de organizaciones de Derechos Humanos, la Unión de Músicos Independientes (UMI), y los legisladores porteños de la oposición María Rachid, Alejandro Bodart, Rafael Gentili, María José Lubertino, Rocío Sánchez Andía, y Susana Rinaldo, iniciaron la construcción de una herramienta de regulación de su actividad y para ello han enviado numerosas cartas a la Defensoría del Pueblo, y a los Ministerios de Espacio Público y Cultura, y se han hecho presentes en la Legislatura en más de cinco ocasiones.
Finalmente el proyecto de Ley que tiene como fin proteger, propiciar y fomentar la actividad artística en la Vía Pública y el espacio público fue elaborado en 2012 por la diputada Gabriela Alegre, del Frente para la Victoria, y el entonces diputado Rafael Gentili, de Proyecto Sur, y acompañado por 32 legisladores , que representan la totalidad de los bloques de la oposición. El mismo ingresó en la Comisión de Cultura, presidida por la Diputada Lía Rueda del PRO el 1º de septiembre de 2012 y hasta la actualidad no ha sido tratado.
En lo que va de 2014, a través de la Página de Facebook “La Música en las calles no es un delito”, se recibieron varias denuncias de músicos y artistas que han sufrido persecuciones y agresiones de inspectores de Espacio Público avaladas por una Ordenanza Municipal de principios de los 90´, cuando Carlos Grosso era Intendente, que delimita un perímetro de la Ciudad de Buenos Aires donde estaba prohibida la actividad de músicos callejeros.
Por otro lado se utiliza el Decreto Nº 1239, de 1993, que impide la ampliación por medios electrónicos. Lo grave de esta situación es que los mismos funcionarios no conocen la reglamentación vigente, o eligen desconocerla, puesto que mientras la actividad se adecue a Ley Nº 1.540, de control de la contaminación acústica, reglamentada por el Decreto Nº 740/07 que regula la emisión de ruidos y vibraciones en el espacio público, no hay razón para impedir el uso de amplificadores en los espectáculos.
En este sentido el proyecto de Ley, que no requiere presupuesto, propone una normativa que garantice la libertad de los artistas, y la creación de un registro por el cual quienes se formalicen tendrán herramientas oficiales de Difusión. De este modo se desarrollarán estadísticas en función de crear herramientas necesarias para sostener la política cultural y garantizar la seguridad de los trabajadores.
Este tipo de regulaciones ya existen en ciudades como Quebec, Londres, Barcelona y Río de Janeiro, y han permitido no solo proporcionar estabilidad y condiciones dignas de trabajo a artistas, sino fomentar la actividad cultural urbana.
En 2013 los legisladores firmantes realizaron varios pedidos a la presidencia de la Comisión de Cultura para que el proyecto sea puesto en temario y tratado antes de las elecciones de octubre, pero no fue así. Este año ya se ha vuelto a presentar, y su tratamiento depende de su visibilización y la obtención del apoyo de la ciudadanía.