La Justicia de Mallorca, en España, condenó a nueve meses de prisión a un hombre que comentó una foto de su ex pareja en Facebook porque el acusado tenía una orden de restricción que le impedía comunicarse con ella.


La Audiencia Provincial de Palma consideró que el sujeto quebró la orden judicial cuando, luego de que su ex publicara una imagen mostrando su nuevo tatuaje, el condenado comentó: "A enseñarlo, guapa".


En marzo de 2014 se lo halló culpable, pero el hombre recurrió la sentencia argumentado que no quedó probado que fue él quien mandó el mensaje. Incluso, dijo que su ex entró a la cuenta de Facebook del sujeto para hacer el comentario y así lograr que lo acusaran.


Finalmente, la Justicia dijo en su fallo que el acusado comentó la foto de su ex "con la intención y con pleno conocimiento de que el iba a ser leído por la persona titular del perfil".


"No puede pretender el recurrente que ese comentario no sea un acto de comunicación", concluye la sentencia.