Guatemala prohibió el matrimonio igualitario y endureció las penas por aborto
El Congreso del país centroamericano aprobó la “Ley para la protección a la vida y la familia”, que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo género, agravó las penas por aborto y determinó que la educación sexual debe estar a cargo de las familias, prohibiendo que las escuelas brinden contenido relacionado con la diversidad sexual.
Con 101 votos a favor, 51 ausentes y 8 en contra, se aprobó por amplia mayoría la “Ley para la protección a la vida y la familia” en Guatemala, en la misma sesión donde se nombró a su capital, la ciudad de Guatemala, como "Capital Provida de Iberoamérica".
De esta forma el país centroamericano retrocede en un camino en el que la mayoría de los países del continente están avanzando.
Con esta medida las penas ahora van desde los 5 hasta los 10 años -de cárcel efectiva- para las mujeres que se realicen cualquier tipo de aborto, reemplazando a la anterior ley que regía en el país, que establecía penas de entre 1 y 3 años.
A mismo tiempo la nueva ley prohíbe el matrimonio igualitario, estableciendo que no podrán ser consideradas uniones válidas aquellas parejas que no estén unidas en matrimonio, y habilita a los ciudadanos a "sentirse incómodos" respecto de la diversidad sexual.
Dentro de éste nuevo régimen se establece que la educación sexual debe estar a cargo de las familias, con lo que se prohíbe que las escuelas brinden contenido relacionado con la diversidad sexual.