Cómo son y qué modificaciones tienen los créditos a tasa cero
El Gobierno informó que se modificaron los criterios que deben cumplir los monotributistas y autónomos que inicien el trámite para solicitar el crédito a tasa cero.
Se modificaron los criterios que deben cumplir los monotributistas y autónomos que inicien el trámite para solicitar el crédito a tasa cero.
De esta manera que 270 mil personas más queden habilitadas para sumarse al beneficio.
La AFIP había dicho que el pasado 6 de julio que incorporó nuevos criterios. Finalmente extendió los períodos contemplados para evaluar la variación en la facturación y la existencia de ingresos por un trabajo en relación de dependencia.
Y así actualizó además los datos sobre riesgo crediticio utilizados para reflejar las mejoras en la situación de los contribuyentes.
Puntos principales
Monotributistas y autónomos pueden iniciar el trámite para acceder a un crédito a tasa cero a través de la página web de la AFIP hasta el 31 de julio. El servicio estará habilitado para aquellas personas que cumplan con los criterios de elegibilidad adoptados por la Jefatura de Gabinete de Ministros.
La normativa establece, a su vez, dos requisitos para comenzar el trámite: contar con una Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electrónico.
El monto del Crédito a Tasa Cero que podrá solicitar cada persona depende de la categoría en la que está inscripto. El máximo previsto por la normativa es de $150.000.
El trámite se inicia en la página web de la AFIP donde los contribuyentes deberán indicar el monto del crédito que pretenden solicitar. También deberán ingresar datos sobre su tarjeta de crédito y un correo electrónico.
Una vez que toda la información fue ingresada, la AFIP emitirá un Certificado de Tramitación y remitirá los datos al Banco Central para que los distribuya entre los bancos seleccionados por los monotributistas y autónomos. Cada banco se contactará con quienes iniciaron el procedimiento para avanzar en la tramitación del Crédito a Tasa Cero.
Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolsos sucesivos e idénticos. Los créditos contarán con un período de gracia de 6 meses. El repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses.
Aquellas personas que no cuentan con una tarjeta de crédito deberán indicar durante el trámite en la página web de la AFIP, cuál es el banco con el que operan habitualmente. Y, de no contar con un banco, el sistema le solicitará que precise cuál es el banco más cercano a su domicilio donde quisiera avanzar con el trámite.
Fuente: Ambito