La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) continúa con la acreditación de los pagos correspondientes a febrero. Al mismo tiempo, informó que a partir de marzo, los jubilados recibirán un incremento del 2,21% en sus haberes, de acuerdo con la nueva fórmula de movilidad establecida por el Gobierno a través de un Decreto.

El organismo previsional, actualmente bajo la dirección de Fernando Bearzi, detalló que la actualización mensual de los haberes se realizará en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC), mecanismo que entrará en vigencia el próximo mes.

Cuánto cobran los jubilados de ANSES en marzo 2025

En marzo de 2025, el haber mínimo jubilatorio ascenderá a $279.121,71, de acuerdo con los cálculos oficiales basados en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este ajuste del 2,21% responde a la inflación de enero de 2025, que se situó en el 2,2%.

A su vez, la jubilación máxima también se verá actualizada, alcanzando un total de $1.878.224,88.

Qué extra podrán recibir los jubilados de ANSES en marzo 2025

Desde comienzos de 2025, la Anses confirmó la continuidad del bono adicional, cuyo valor máximo seguirá fijado en $70.000 durante todo el año. Este refuerzo económico está dirigido a los jubilados y pensionados con ingresos más bajos, con el propósito de amortiguar el impacto de la inflación en su capacidad de compra.

En este contexto, quienes perciban la jubilación mínima cobrarán en marzo un total de $349.121,71. Los beneficiarios de este extra incluyen: jubilados que reciben el haber mínimo, titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y personas que acceden a Pensiones No Contributivas (PNC).

Para aquellos jubilados cuyo ingreso supere la jubilación mínima, el bono se entregará de manera proporcional. Solo quienes perciban hasta $349.121,71 podrán acceder al monto completo del refuerzo. En cambio, quienes tengan ingresos superiores al mínimo pero por debajo de este umbral recibirán un bono ajustado.

Cuándo cobran los jubilados de ANSES en marzo 2025

Las fechas de cobro son las siguientes:

Jubilados que reciben el haber mínimo

  • DNI terminados en 0: 12 de marzo.
  • DNI terminados en 1: 13 de marzo.
  • DNI terminados en 2: 14 de marzo.
  • DNI terminados en 3: 14 de marzo.
  • DNI terminados en 4: 17 de marzo.
  • DNI terminados en 5: 18 de marzo.
  • DNI terminados en 6: 18 de marzo.
  • DNI terminados en 7: 19 de marzo.
  • DNI terminados en 8: 19 de marzo.
  • DNI terminados en 9: 20 de marzo.

Jubilados que reciben haberes superiores al mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: 21 de marzo.
  • DNI terminados en 2 y 3: 25 de marzo.
  • DNI terminados en 4 y 5: 26 de marzo.
  • DNI terminados en 6 y 7: 27 de marzo.
  • DNI terminados en 8 y 9: 28 de marzo.