La Justicia validó la cautelar del tinellismo y las elecciones en AFA se atrasarán
El Juzgado Nacional de primera instancia número 57 hizo lugar a una medida cautelar, que planteaba de "irregular convocatoria" a la Asamblea del próximo viernes, y por tal motivo se suspendieron las elecciones de la AFA. Quien la presentó ante la Justicia fue el presidente de Independiente Rivadia de Mendoza, aliado de Tinelli.
A esta altura parece la historia sin fin. Tras el bochorno del pasado 3 de diciembre, las dos fuerzas que se disputan la Asociación del Fútbol Argentino están disputando sin descanso ni respiro la fecha de las próximas elecciones.
El bando de Luis Segura pretendía que los sufragios se celebren este viernes 18 de diciembre. Así lo había anunciado este martes el vocero Ernesto Cherquis Bialo. Sin embargo, el grupo que encabeza Marcelo Tinelli se encargó de arruinar el plan del oficialismo.
Independiente Rivadavia de Mendoza presentó una medida cautelar para posponer las elecciones. La doctora Gabriela Paradiso, del juzgado número 57, entendió como válido el planteo de la "irregular convocatoria" a la Asamblea del próximo viernes.
La jueza ordenó la suspensión de la asamblea extraordinaria dispuesta para el próximo viernes a las 18. Tanto la AFA y como la IGJ ya fueron notificadas.
Cabe destacar que las autoridades del club mendocino en un principio iban a apoyar a Segura. Sin embargo, cambiaron de posición y ahora son un fuerte aliado de Tinelli.
El principal argumento jurídico contra la convocatoria para el próximo viernes se basa en la inconstitucionalidad del artículo 9 del estatuto de AFA, que a su vez toma como referencia el artículo 174 del reglamento de la Cámara de Diputados, según detallaron a 'canchallena.com' los abogados patrocinantes Rubén Segal y Carolina Strauch.
El mismo expresa: "Cuando la Cámara hubiere pasado a cuarto intermedio y no reanudare la sesión en el mismo día, ésta quedará levantada de hecho, salvo el caso de que se hubiese resuelto, por votación, pasar a cuarto intermedio hasta un día determinado. Sin perjuicio de ello, la Comisión de Labor Parlamentaria puede proponer límite de tiempo a la duración de las sesiones".