Por primera vez, la Justicia salteña condenó un desmonte
En un fallo que sienta jurisprudencia, un empresario recibió seis meses de prisión por violar una clausura y desmontar en Dragones, Salta, usando empleados no registrados y hasta menores de edad en condiciones de esclavitud.
Por primera vez en la Argentina, la Justicia condenó a seis meses de prisión a un empresario que, desobedeciendo una clausura, siguió cultivando en un predio de diez mil hectáreas al que previamente había desmontado sin autorización.
El empresario sancionado es Juan José 'Tito' Karlen de la localidad de Dragones, en el noroeste de la provincia.
El caso tiene una serie de agravantes, dado que una investigación de la AFIP que había comenzado en abril del 2013 detectó la presencia de unos "157 empleados no declarados, entre los que había menores, que eran sometidos a condiciones infrahumanas" de trabajo y vivienda en los campos de Karlen.
'Tito' Karlen muestra orgulloso su producción:
El empresario tenía bajo sus dominios unas 16.600 hectáreas que en el año anterior le habían generado ventas por 70 millones de pesos, según lo que él mismo declaró.
Recién después de la denuncia de la AFIP, la Secretaría de Ambiente de la provincia descubrió que el imputado no tenía permisos para desmontar, por lo que ordenó el cese de las actividades y clausuró con fajas el predio, aunque el empresario luego las rompió y siguió produciendo como si no tuviera ningún impedimento legal.
Ante otra denuncia de Ambiente, la vocal de la sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal, Azucena Vázquez, condenó el 2 de octubre pasado a Karlen a la pena de seis meses de prisión condicional por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de "desobediencia a la autoridad".
El momento de la sentencia:
"La condena fue al titular registral de la finca por las pruebas que tenemos. Ni Karlen ni los otros acusados declararon y pese a que tenía denuncias que Daniel Karlen (hijo del condenado y absuelto en el caso) era el que dirigía los trabajos, no tuve pruebas", dijo la magistrada.
El empresario, durante dos años, debe cumplir con las siguientes "reglas de conducta": Constituir domicilio, someterse al cuidado del patronato de liberados, evitar el consumo de estupefacientes y el abuso de bebidas alcohólicas.