Histórico: Desde hoy, rige el flamante Código Civil y Comercial de la Nación
El texto incorpora un extenso listado de derechos ganados y protege la diversidad de estilos de vida que componen la cotidianidad en nuestro país. Sus artículos implican modificaciones en temas relevantes como la reproducción humana asistida, adopción, defensa del consumidor, matrimonio, divorcio, unión convivencial y sucesiones, entre otros.
Tras un largo camino hasta su aprobación, hoy entra en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. La aprobación legislativa, coronada con la sanción en Diputados el 1 de octubre de 2014, tuvo un amplio recorrido que incluyó el trabajo de una comisión de expertos que elaboró el proyecto, más de 100 juristas que dieron precisiones al texto y una Comisión Bicameral que realizó 29 audiencias públicas en diferentes puntos del país.
- La presidenta lo promulgo en octubre de 2014:
El camino se inició con el Decreto Presidencial número 191, del 23 de febrero de 2011, mediante el cual creó la “Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación”, que presidió el titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, e integraron también Elena Highton de Nolasco, vicepresidente de dicho Tribunal y la doctora Aída Kemelmajer de Carlucci.
La comisión, que tenía un plazo de 365 días para elevar el anteproyecto al Poder Ejecutivo, lo hizo tras consultar a 109 juristas que realizaron sus aportes sobre las diferentes temáticas abordadas por la iniciativa en cuestión.
El texto aprobado por la Cámara alta ingresó a Diputados el 17 de diciembre de 2013; aunque recién llegó al recinto el 1 de octubre del siguiente año, en el marco de un debate, que, al igual que en el Senado, estuvo signado por la discusión de cuestiones reglamentarias.
Con la oposición reiterando la medida adoptada previamente en el Senado, es decir retirándose de la sesión, el bloque oficialista de Diputados quedó junto sus aliados en el recinto para darle 135 votos favorables al proyecto.
El Código Civil y Comercial entrará en vigor el próximo 1 de agosto, seis meses antes de lo que previeron los legisladores en un principio, y con sus 2.671 artículos reemplaza a los más de 4.000 artículos que tenía el Código Civil y a los 506 del Comercial sancionado en 1869.
Sus artículos implican modificaciones en temas relevantes como los derechos personalísimos, capacidad, reproducción humana asistida, adopción, defensa del consumidor, matrimonio, divorcio, unión convivencial y sucesiones, entre otros.