Fallo histórico: el Estado deberá indemnizar a una mujer por no permitirle abortar
La Justicia determinó que las autoridades entrerrianas deberán indemnizar a una mujer, quien llegó con un embarazo de riesgo a un Hospital de Paraná. Los médicos antiabortistas no realizaron el procedimiento que es legal en caso de violación o de riesgo de vida, y ahora ella deberá ser indemnizada por haber sufrido graves problemas físicos.
El caso de esta mujer entrerriana realmente marca un antes y un después para la Justicia argentina y los derechos de la mujer, luego de que el Juez Martín Luis Furman, del Juzgado Civil y Comercial Nº 7 de Paraná, determinara la responsabilidad del Estado Provincial en el embarazo de la mujer.
Todo comenzó cuando se acercó al Hospital San Martín de la ciudad de Paraná, a sus 36 años, con un embarazo de riesgo ya que la mujer sufría de una patología cardíaca congénita, denominada Tetralogía de Fallot.
Esta enfermedad ocasionada por defectos cardíacos al nacer, básicamente provoca falta de oxígeno en la sangre y los factores de riesgo son enfermedades virales, por ejemplo. Esto en los embarazos se ve incrementado.
En el hospital se le iba a practicar un aborto terapéutico en aras de proteger la vida del paciente. Pero un médico que milita contra el aborto interrumpió la práctica, amenazó a todos, inclusive a sus colegas con que los denunciaría. Por eso la mujer continuó con el embarazo.
Según Diario Popular, tres meses después, fue trasladada de urgencias al Hospital Posadas, en el conurbano boanerense, donde le practicaron una cesárea y dio a luz a una nena. Todavía internada, la mujer sufrió un accidente cerebrovascular que la dejó con la parte izquierda del cuerpo totalmente paralizado.
María, como se la conoció, demandó a la provincia de Entre Ríos por considerar que se violaron “reiterada y sistemáticamente sus derechos humanos, sexuales y reproductivos”, y así lo reconoció la Justicia.
También resaltó que el Estado le negó "su derecho humano fundamental como mujer a decidir no tener más embarazos por un medio anticonceptivo lícito”, ya que por la patología “no podía usar cualquier método anticonceptivo”, y antes de este embarazo no había podido acceder a realizarse una ligadura de trompas.