Escuelas privadas: prohíben retención de boletines y certificados por falta de pago
El Senado de la provincia de Buenos Aires aprobó la ley por la cual tampoco se le pude quitar la categoría de regular a ningún alumno por ese motivo.
El Senado bonaerense convirtió en ley la prohibición a escuelas públicas de gestión privada retener boletines de calificaciones, certificados de estudios y de regularidad, pases a otros establecimientos y otra documentación oficial de los alumnos que deban aranceles o cuotas.
La norma estipula que ningún alumno será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general, aunque se encuentre en morosidad en sus cuotas.
El legislador Daniel Barerra (PJ), autor de la iniciativa, citó el caso de Rocío Galassi, de Berazategui, "una alumna de las mejores en su curso, que se destaca con excelentes notas en todas la materias", pero "a tres meses de terminar 5° año, desde la secundaria Almirante Brown no le permiten recibirse, ya que su mamá adeuda cuotas por 10.000 pesos debido a los tratamientos que tuvo que hacerse por tener leucemia".
"El derecho de enseñar y aprender está consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional", en tanto en Buenos Aires la ley 13.688 "establece que la educación es una prioridad provincial, y que juntamente con el conocimiento son bienes públicos y constituyen derechos personales y sociales garantizados por el Estado", sostuvo.
El legislador agregó que los colegios de gestión privada "están regulados, supervisados y controlados por la Dirección General de Cultura y Educación y de ninguna manera pueden apartarse de la política de Estado" argumentando "una cuestión meramente económica".
"Por otra parte –apuntó Barerra– se brinda una solución definitiva desde el Estado provincial, dado que se obliga a la Dirección General de Cultura y Educación a brindar al alumno una vacante para el próximo año escolar en una escuela perteneciente al sistema público de gestión estatal".