La cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría la ley de Moratoria Previsional, que beneficiará a unas 500 mil personas en todo el país, en el marco de la segunda etapa del Plan de Inclusión Previsional.

Podrán acceder a esta nueva moratoria las personas que, habiendo cumplido la edad jubilatoria (mujeres, 60 años, y los hombres, 65) o cumpliéndola en los dos años de vigencia de la norma, tengan que regularizar aportes hasta diciembre de 2003 para completar los 30 años de aportes jubilatorios necesarios.

El beneficiario no podrá contar con prestación previsional alguna o que, si cuentan con ella, no sea superior a la mínima (hoy, en 2.757 pesos y a partir de septiembre, $3231). Se contemplará a las personas con mayor nivel de vulnerabilidad social.

Los detalles del trámite:

En primer lugar, se deberá obtener un turno. Para ello, el titular tendrá que comunicarse telefónicamente al servicio gratuito 130, por el sitio web de la ANSES, www.anses.gob.ar, o se dirigirá a cualquier delegación, donde manifestará su voluntad de realizar el trámite.

Deberá declarar su número de CUIL y el de su esposo/a o conviviente que permitirán hacer los controles de incompatibilidad (por ejemplo: si posee otro beneficio).

Una vez realizado estos pasos, se le otorgará un turno para presentarse en la oficina de ANSES.

Al momento de presentarse en las sedes de la ANSES, el titular debe presentar la documentación necesaria para cualquier jubilación (constancias laborales, documentación personal y de su familia).

En interconexión con la AFIP se hará el análisis patrimonial. Ante los casos negativos, se informará que no cuenta con los requisitos necesarios para acceder al plan; los positivos ingresan en ese mismo momento en la etapa de asesoramiento personalizado para el cálculo de la deuda previsional.

Durante la etapa del asesoramiento personalizado, los empleados de la ANSES accederán a la historia laboral de la persona, en la que controlarán los aportes registrados, su situación como trabajador independiente ante la AFIP, y si tiene reconocimientos de servicios previos. De esta manera, puede saberse cuántos años de aportes le faltan y, sobre ellos, se calcula la deuda previsional y el plan de pagos.

Por último, el titular debe ir al banco y pagar la primera cuota del plan. Una vez acreditado el pago (informado por la AFIP) se otorgará la prestación y se descontarán las cuotas siguientes de los haberes.

No hay aún una fecha prevista para el inicio de los trámites.