El Defensor General advirtió que el Gobierno impone "graves restricciones a la libertad individual"
El titular del ministerio Público de la Defensa, Horacio Corti, señaló que la reforma votada en solitario por el macrismo "limita, injustificadamente, el derecho a la asistencia y la defensa en juicio”. También señaló que las medidas buscan alejar a la defensa pública de las comisarías.
A través de un comunicado, el Defensor General de la Ciudad, Horacio Corti, señaló que la reforma del Código Procesal Penal porteño se traduce en “graves restricciones a la libertad personal, además de limitar, injustificadamente, el derecho a la asistencia y la defensa en juicio”.
Corti describió los cambios procesales en el ámbito de la Ciudad como “regresivos” al tiempo que configuró como "objetivo" la búsqueda de "alejar a la defensa pública de las comisarías”.
Según se desprende de la nueva redacción del artículo 28, el imputado perde el derecho a ser asistido desde el primer instante en que es detenido, y permite a las fuerzas de seguridad diferir, de forma arbitraria, ese derecho a tener asistencia legal inmediata.
“El ejercicio del derecho a la asistencia jurídica podría estar supeditado a la efectiva propuesta de la persona imputada y de este modo se sustituirá al verdadero titular de la obligación de garantizar la asistencia, que es el Estado”, advirtió Corti sobre la maniobra que desde el oficialismo se vendió como "poner a la víctima en el centro de la cuestión".
“¿Qué razón hay para limitar un derecho que en la práctica se viene llevando a cabo por la Defensa Pública sin generar conflictos ni discusiones judiciales?”, se preguntó de manera retórica Corti por la injustificada iniciativa.
El Defensor General explicó que “la asistencia de la Defensa Pública a la persona detenida desde el primer momento de su aprehensión por las fuerzas de seguridad, le daba garantías al detenido y seguridad jurídica, le permitía ejercer su derecho de defensa y aseguraba un control de las condiciones de detención”.
“Más allá de las diferentes opiniones que podamos tener sobre la política criminal y sus intentos de reforma, aquello que siempre debe preservarse es el acceso a la justicia, el debido proceso y el derecho de defensa. Y cuando se alcanzan determinados estándares de protección, el legislador no puede tomar medidas regresivas que, además, en este caso, carecen de toda justificación racional”, concluyó Corti.