Con el inicio del nuevo trimestre, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los parámetros para el monitoreo de movimientos financieros. A partir de abril de 2025, rige un nuevo esquema de montos mínimos que las entidades bancarias y billeteras virtuales deben reportar al organismo recaudador.

Los cambios responden a un ajuste semestral basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), y afectan directamente a quienes realizan transferencias, depósitos o consumos que superen ciertos límites. Quienes superen esos umbrales no verán bloqueadas sus cuentas, pero sí deberán estar en condiciones de justificar el origen de los fondos si la ARCA lo requiere.

Qué monto no debés superar en transferencias para que ARCA no te controle en abril 2025

ARCA modificó los valores de transferencias de dinero
ARCA modificó los valores de transferencias de dinero

Las entidades bancarias y las plataformas de pago digital, como Mercado Pago y Ualá, están obligadas a informar a ARCA sobre las operaciones que superen ciertos límites establecidos. Estos son los montos vigentes según la normativa actual:

$600.000

  • Suma total de compras realizadas con tarjeta de débito.
  • Monto acumulado de ingresos o egresos en billeteras virtuales durante el mes.

$1.000.000

  • Total de acreditaciones mensuales en cuentas bancarias.
  • Importe total de plazos fijos constituidos en el mes.
  • Retiros de efectivo realizados tanto en el país como en el exterior (ya sea por cajero, ventanilla u otro medio).
  • Saldo final mensual en cuentas bancarias y billeteras virtuales.

$2.000.000

  • Este umbral aplica exclusivamente a billeteras virtuales, en casos donde se realicen transferencias (bancarias o entre billeteras) que superen ese monto.

Qué documentación puede pedir ARCA si superas el límite en las transferencias

ARCA no solo actualizó los montos a partir de los cuales comienza a monitorear los movimientos financieros, sino que también anunció cómo evaluará la situación de los contribuyentes que superen esos valores. 

En caso de detectar operaciones que excedan los umbrales establecidos, el fisco podrá solicitar documentación para verificar que el origen del dinero sea lícito. La intención es prevenir maniobras irregulares y garantizar mayor transparencia en el sistema.

Para quienes se encuentren bajo la lupa del organismo, será clave contar con respaldos que justifiquen los ingresos. Entre los documentos que podrán presentarse figuran recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, facturas emitidas recientemente, constancia de inscripción al monotributo, tickets de compra y venta, e incluso justificativos de operaciones como la venta de acciones o empresas. La idea es que el contribuyente pueda demostrar el sustento económico de los movimientos observados.