Tiene media sanción el régimen especial para excombatientes de Malvinas
La iniciativa fue aprobada por unanimidad aunque hubo cruces entre oficialismo y oposición en torno al artículo 2 que establece los requisitos para acceder al derecho.
En la última sesión previo a los comicios de 25 de octubre, los diputados sancionaron esta iniciativa en general por 222 votos y 0 en contra dieron media sanción a la ley que dará cobertura previsional a los ex soldados y civiles que cumplieron tareas en la guerra de Malvinas.
La oposición ingresó al recinto cuando el FpV ya había conseguido el quórum. Los diputados del oficialismo pusieron en sus bancas carteles que decían "Ni un peso menos al Garrahan" en protesta por la decisión del Pro de recortar los fondos.
El debate fue abierto por el presidente de la comisión de Previsión social, el kirchnerista formoseño Juan Carlos Díaz Roig, quien subrayó que esta iniciativa es "un acto de estricta justicia".
En un emotivo discurso, José Riccardo, exsoldado, reivindicó la postura adoptada por los ex combatientes en la guerra del Atlántico Sur y dijo que "las Malvinas son y serán argentinas y algún día podremos pisarlas como argentinos". En sintonía el presidente del bloque radical Mario Negri exclamó que la "política tiene que reflexionar porque no debería haber existido un Estado que haya dejado pasar 33 años".
Para acceder al beneficio previsional
Los ciudadanos deberán demostrar su condición de ex combatiente o civil que colaboró mediante la certificación correspondiente y tener 53 años años, con 10 años de aportes.
También se establece que a los soldados conscriptos se les computará como dos (2) años de aportes al sistema integrado previsional argentino.
La iniciativa fija que el haber de la prestación será determinado por la Administración Nacional de la Seguridad Social.
El dictamen fija que el haber resultante no podrá ser menor que el equivalente a dos (2) jubilaciones mínimas del sistema integrado previsional argentino.
Esta prestación, que será optativa, es compatible con el goce de la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, otorgados por leyes provinciales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires.