Scioli promulgó la ley de juicio por jurados en Provincia
El gobernador bonaerense destacó la norma por la cual un tribunal de jurados actuará en los delitos cuya pena máxima exceda los 15 años de prisión. Dijo que representa "un hecho histórico en materia de justicia penal y participación ciudadana".
"Con esto ampliamos la participación ciudadana en la resolución de procesos penales", dijo el gobernador Daniel Scioli, y aseguró que la puesta en marcha de la ley de Juicio por Jurados, para delitos cuya pena exceda los 15 años de prisión, representa "un hecho histórico en materia de justicia penal".
El mandatario provincial promulgó la ley en un acto realizado en el Teatro Argentino de La Plata, donde estuvo acompañado por los miembros de su gabinete y el vicegobernador Gabriel Mariotto.
Scioli aseguró que le produjo "un sentimiento de orgullo" la promulgación de la norma y agradeció "a todo los sectores que han contruibuído a que podamos tener a la provincia a la vanguardia" en el juicio por jurados.
Además, Scioli resaltó que "es otra iniciativa que contribuye decididamente al fortalecimiento de las instituciones, y a nuestra democracia".
"En mi primer mandato orientamos las políticas judiciales a fortalecer institucionalmente los fueros, imprimiendo con sucesivas reformas más celeridad y eficiencia en el sistema", recordó.
Añadió que se fijaron "criterios para expandir el Poder Judicial poniendo en marcha el fuero de responsabilid juvenil, ampliamos la composición de las salas de Casación a dos miembros y luego la descentralización de las mismas a toda la provincia".
"Creamos más de 263 órganos judiciales descentralizados para acercar la justicia a los vecinos, implementamos en toda la provincia el proceso de flagrancia", relató.
Y continuó: "en este segundo mandato me aboqué a las reformas estructurales en la justicia, que consideraba que estaban pendientes, como la policía judicial, autonomía de la defensa y juicio por jurados".
La nueva ley establece que el tribunal de jurados actuará en los delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicha pena.
Según la norma, el jurado estará compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que serán elegidos por sorteo del padrón electoral, y recibirán instrucciones de un juez, quien les indicará el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.
Además, determina que luego del debate decidirá el jurado en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso.
Fija también que el veredicto de culpabilidad requerirá un mínimo de diez votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas, y si el delito, por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación, tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requerirá unanimidad de votos afirmativos.
Para ser miembro de un jurado se deberá ser argentino nativo o naturalizado, con no menos de cinco años de ciudadanía, tener entre 21 y 75 años, entender plenamente el idioma nacional y gozar de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo.
La Junta Electoral bonaerense confeccionará anualmente, por sorteo en audiencia pública, los listados principales de ciudadanos que cumplen con esos requisitos, discriminados por Departamento Judicial y por sexo, a razón de un jurado por cada mil electores empadronados en el registro general actualizado.