Para el Gobierno, "un down no tiene que cobrar pensión porque puede trabajar"
De esta forma, el titular de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, Guillermo Badino, justificó el recorte a las pensiones por discapacidad. El ajuste no tuvo en cuenta la situación socioecónomica de los exbeneficiarios y ni siquiera les avisaron por teléfono.
'Vienen por todo'. Alguno podría pensar que el gobierno de Mauricio Macri solo piensa en el marketing. Sin embargo, cuando se trata de achicar el Estado, la mala propaganda parece no ser un obstáculo.
Por estos días y amparados en un decreto de Carlos Ménem, el ministro de Desarrollo Social decidió sacar pensiones por discapacidad a un gran grupo de personas (desde la cartera no confirman el número) sin tener en cuenta criterios socioeconómicos, ni las situaciones particulares de los (ahora) exbeneficiarios de los planes. Y no se trata de un error.
El titular de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, Guillermo Badino, confirmó al diario Clarín en una nota de este martes que hubo una decisión concreta para recortar el beneficio amparados en que algunos discapacitados igual pueden trabajar.
"Dimos de baja pensiones a personas que no son inválidos totales y permanentes, sino que tienen cierto grado de discapacidad", aseveró el funcionario al matutino. Y agregó: "Una persona con síndrome de down no es sujeto de derecho de esta pensión. Puede trabajar si lo deseara, quizás le pueda caber la asignación universal por hijo”.
La cartera ni siquiera avisó a los damnificados del inminente recorte del subsidio. "No tenemos los teléfonos de todos y no es efectiva la comunicación por carta", dijo Badino al respecto.
El mismo diario consignó en la nota cuáles son los increíbles requisitos de corte para dejar de percibir el plan:
- Aquel discapacitado cuyo tutor responsable, cónyuge o consanguíneo obligado perciba un ingreso equivalente a tres jubilaciones mínimas, es decir, de 19.200 pesos por mes. Esa suma se ajustará.
-Quienes tienen un bien a su nombre, como un auto. Independientemente que este sea indispensable para garantizar la movilidad del discapacitado.
- Aquella persona con discapacidad cuyo cónyuge cobre una pensión o jubilación, incluso la mínima de 6.377 pesos. Con este último monto, la norma a la que se ciñe Desarrollo Social considera que un discapacitado y su pareja pueden vivir sin caer en la pobreza.