Si bien la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió por unanimidad confirmar la prisión preventiva de Milagro Sala, el fallo también obliga a la justicia jujeña a cumplir con la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a la prisión domiciliaria, la cual describe el "riesgo para la vida e integridad personal de la señora Sala".

Además de dejar firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy que convalidó la prisión preventiva de Sala, los jueces ordenaron que se cumpla con la sentencia de la CIDH en cuanto a la prisión domiciliaria.

Se trata de la respuesta al recurso extraordinario presentado por la defensa de Milagro Sala, que sostuvo que su detención preventiva era arbitraria, alegando que no había elementos para justificar la existencia de riesgo procesal, según recordó la información de cij.gov.ar.

El ordenamiento de prisión preventiva para la líder Tupac Amaru está basado en el riesgo de obstaculización del proceso en el que se la investiga por los delitos de asociación ilícita en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión.

El máximo tribunal concluyó que la prisión preventiva fue justificada en la existencia de un entramado organizacional a disposición de la imputada, presuntamente utilizado para infundir temor por las consecuencias adversas de enfrentar sus intereses.

Al mismo tiempo, los votos de los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Rosatti  requirieron el "urgente" cumplimiento de la decisión dictada por la CIDH el pasado 23 de noviembre, que reclama sustituir la situación de la activista social con arresto domiciliario.

Los magistrados Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco señalaron en relación a la medida del tribunal internacional que la decisión impone “la obligación de adoptar las medidas conducentes, que, sin menoscabar las atribuciones de otros poderes, tienden a sostener la observancia de la Constitución Nacional”.