La Justicia confirmó la prisión domiciliaria de Milagro Sala
El juez Pablo Pullén Llermanos dispuso que "la prisión preventiva de Milagro Sala se cumpla en el inmueble ubicado en Parque La Ciénaga con monitoreo electrónico las 24 horas del día". Estableció un plazo de quince días a partir de la notificación a las partes.
La líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, finalmente recibirá el beneficio de la prisión domiciliaria,luego de que así se pronunciara el segundo juez en Jujuy, Pablo Pullen Llermanos.
Al igual que lo había hecho esta semana el juez Gastón Mercau, el juez de instrucción Pullen LLermanos resolvió sobre la recomendación formulada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y dispuso que la prisión preventiva dictada en contra Sala se cumpla en el inmueble ubicado en loteo Villa Parque La Ciénaga, del departamento de El Carmen.
El juez, en este caso, dispuso que Sala cumpla la detención con monitoreo electrónico las veinticuatro horas del día, a través de un dispositivo especial, y el traslado estará sujeto al acondicionamiento del inmueble, que fue saqueado y vandalizado.
En los fundamentos de la resolución, el magistrado expresó que si bien "la recomendación de la CIDH no es de obligatorio cumplimiento, para fallar en el sentido indicado se hizo eco del supuesto riesgo de vida de Milagro Sala que para la Comisión existiría en las condiciones actuales de alojamiento, aun discrepando con dicha evaluación".
En cuanto a las medidas impuestas por el juez, entre otras, ordenó que la custodia perimetral del inmueble se encuentre a cargo de Gendarmería Nacional y que el control y monitoreo del dispositivo electrónico (tobillera electrónica) sea realizado por el Patronato de Liberados y Menores Encausados de la provincia, con colaboración de la policía provincial.
Asimismo, el magistrado dispuso una serie de reglas de conducta de "cumplimiento obligatorio". Solo"podrán ingresar y permanecer en el inmueble de propiedad de la procesada, sin límite temporal, sus parientes consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado".
En tanto, en cuanto a las visitas el reglamento establece que "solo podrán ingresar al inmueble hasta cuatro personas a la vez y en el horario de 7 a 19, los días martes, jueves y sábados, con un límite máximo de veinte personas por cada día de visita".
A su vez, Sala deberá someterse a un control médico y psicológico dos veces a la semana, el cual estará a cargo del Departamento Médico del Poder Judicial. En caso de resultar necesario el traslado de la encartada por razones sanitarias el mismo tendrá lugar con autorización judicial y con personal y vehículo de Gendarmería Nacional.
Además, no podrá ni ella, ni sus familiares y visitas consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes.
En cuanto a sus limitaciones de movimiento, Sala podrá circular libremente dentro del perímetro de la propiedad, "no pudiendo por ninguna razón trasponer los límites de la misma ni cortar el contacto de la tobillera de monitoreo electrónico con el cuerpo".
"En cuanto a la efectivización de la modalidad de Prisión Preventiva dispuesta por el juez Pullen LLermanos, tendrá lugar dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde la notificación de la resolución a los organismos que se estimen competentes para la tarea de refacción y puesta a punto de la faz interna y externa del inmueble", establece el escrito.
Sin embargo, si la defensa propusiere el acondicionamiento interno a su costa en un plazo menor, "el cumplimiento de la medida se realizará de inmediato al momento en que el magistrado constate la finalización de tales tareas".