Tras la decisión de adecuar de oficio al Grupo, el multimedios presentó una recusación argumentando "enemistad manifesta" de Martín Sabatella hacia la empresa, incluyendo en su escrito a los directores Ignacio Saavedra, Claudio Schifer, Néstor Avalle y Eduardo Rinesi.

Ahora, a través del decreto 1942/2014 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno nacional rechazó la solicitud al afirmar que "conforme surge de las constancias del expediente, los funcionarios recusados niegan y rechazan las causales invocadas por las presentantes".

Las recusaciones "deben descartarse de plano ya que resultan genéricas o se basan en la intervención en actuaciones anteriores", dice el decreto que lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y del jefe de Gabinete, Jorge Capitanich.

En la norma se recuerda que "el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 expresamente prevé que: '...la intervención anterior del funcionario o empleado en el expediente no se considerará causal de recusación...'".

Además, "la intervención de los miembros del Directorio recusados en estas actuaciones ha sido, en primer lugar, para declarar la admisibilidad formal de la propuesta de adecuación a la Ley Nº26.522 presentada por quienes efectúan la recusación y que motivara el dictado de la resolución Nº 193-AFSCA/14; salvo Rinesi que fue nombrado con posterioridad".

"En ese momento, los presentantes no consideraron que la actuación de los integrantes del Directorio estuviera 'teñida de parcialidad'", agrega el decreto, y sostiene que "en las actuaciones se garantizó el derecho de defensa en juicio y el debido proceso a las presentantes".

Asimismo, el Poder Ejecutivo deja en claro en el texto publicado hoy que "las expresiones de las que se agravian las recusantes en relación al presidente del Directorio, no acreditan la argüida enemistad", y "que no basta la mera mención de una empresa o de uno de sus socios, para que dicha mención se convierta en sí misma en causal de recusación".

En ese marco, sostuvo también que "las manifestaciones reseñadas por las recusantes son declaraciones en relación a hechos verificables, públicos y de ningún modo configuran la causal de recusación esgrimida en los actuados".

El gobierno nacional sostiene que "para que la recusación sea procedente, es necesario que se cumplan ciertos requisitos, tales como, que la recusación individualice concretamente el o los funcionarios recusados, con fundamentación y motivación suficiente (es decir, debe ser causada), que se acompañe u ofrezca toda la prueba pertinente y que la recusación no se constituya en un medio abusivo o en una maniobra dilatoria para demorar o tergiversar indebidamente un procedimiento".