Confirman millonario embargo a Menem por la venta ''a precio vil'' de la Rural
La Cámara Federal ratificó este jueves el embargo de 10 millones de pesos sobre los bienes del expresidente, procesado por "haber sustraído ilegalmente del patrimonio estatal el Predio Ferial de Palermo, por un precio vil".
Como se sabe, Carlos Menem y Domingo Cavallo fueron procesados por la fraudulenta venta del predio ferial de Palermo, propiedad del Estado nacional, a la Sociedad Rural Argentina, en 1991.
En una resolución firmada el miércoles por los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun, se confirmó la resolución del juez federal Sergio Torres, "por cuanto fijó un embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de diez millones de pesos".
Para convalidar esa medida y según informa la agencia Télam, los magistrados evaluaron que "la maniobra -suficientemente acreditada en el marco de esta instrucción- tuvo consecuencias, efectos y perjuicios de índole económica que afectaron al patrimonio estatal en grados importantes".
Los jueces recordaron que Menem "fue procesado por esta Sala como autor del delito del artículo 261, primer párrafo, del Código Penal, por haber sustraído ilegalmente del patrimonio estatal el Predio Ferial de Palermo, por un precio vil" y se "encomendó allí al juez que estableciera el embargo correspondiente sobre los bienes del nombrado".
"Las pruebas reunidas indican que todos los imputados tomaron parte en una operación ideada conjuntamente, mediante la cual se sorteó la necesaria intervención del Congreso -y de entes cuya opinión no fue requerida- y se acordó un precio vil para la enajenación", señaló aquel fallo.
Con la firma de Menem y Cavallo, el decreto 2.699 del 20 de diciembre de 1991 habilitó que "el Estado nacional venda el predio ferial de Palermo a la Sociedad Rural Argentina" (14 hectáreas ubicadas frente a Plaza Italia) por 30 millones de dólares, a pesar de que el valor de mercado era de 131.800.000 dólares.
"La actuación de Menem y Cavallo no sólo contrarió la forma de proceder impuesta por más de cien años en torno al patrimonio en cuestión; hizo lo propio con cuanto habían entendido los propios involucrados -hasta ahí- en el mismo expediente. Esas afirmaciones tornan procedente el agravio de la fiscalía vinculado a tales aspectos de los hechos", indicó el fallo.
Los camaristas explicaron que "lo relevante aquí pasa, fundamentalmente, porque el autocontradictorio, repentino e inexplicado cambio de criterio respecto de las condiciones necesarias para enajenarlo -que obviamente se tradujeron en menos o nulos controles- coincidió, justamente, con el acuerdo de un precio visiblemente perjudicial para los intereses estatales".