Vergüenza: Le concedieron la libertad provisional a los violadores de 'La Manada'
El tribunal que condenó a los cinco jóvenes a una pena de nueve años por abuso sexual adopta esta medida con el voto a favor de dos de los tres magistrados y en contra del presidente de la sala
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha decretado la puesta en libertad provisional de los cinco jóvenes condenados a nueve años de prisión por el delito de abuso sexual con prevalimiento a una joven de Madrid durante la fiesta de San Fermín de 2016 con el voto particular en contra de unos de los tres magistrados, el presidente del tribunal, Francisco José Cobo, según ha podido conocer El Confidencial de fuentes jurídicas.
El tribunal ha adoptado esta decisión cuando está a punto de vencer el plazo máximo de dos años estipulado para la prisión provisional, si bien cumplido este periodo la ley contempla la revisión de cara a su posible ampliación hasta cumplir la mitad de la condena.
De este modo, José Ángel Prenda, Ángel Boza y Jesús Escudero, que permanecen en la cárcel de Pamplona, y Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo, que se encuentran en la prisión de Alcalá Meco, podrán recobrar la libertad una vez se notifique el auto a las partes, ya que su excarcelación provisional se hace efectiva de manera casi inmediata. A este respecto, está previsto que el auto se conozca este viernes.
La decisión se ha adoptado por el mismo tribunal que les condenó el pasado 26 de abril con el voto a favor de dos de los magistrados y en contra del presidente del tribunal, que aboga por prorrogar la prisión provisional de manera incondicional. Cabe recordar que los cinco integrantes de La Manada fueron condenados con los votos de Cobo y Raquel Fernandino, y el rechazo del magistrado Ricardo González, que emitió un polémico voto a favor de su absolución.
El tribunal ha establecido una fianza de 6.000 euros para los cinco condenados para poder obtener la libertad provisional, así como una serie de medidas que implica la obligatoriedad de comparecer en el juzgado de guardia de sus lugares de residencia tres días a la semana, la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional sin autorización judicial y de acudir a la Comunidad de Madrid, lugar de residencia de su víctima. Igualmente, tienen prohibido entrar en comunicación con la joven, que en el momento de los hechos tenía 18 años.
Ahora, el tribunal estima que no se haya circunstancias de riesgo de fuga y reiteración delictiva y decide su puesta en libertad.
Los cinco integrantes de La Manada fueron condenados a nueve años de prisión, unas penas muy por debajo de las solicitadas por la Fiscalía y las diferentes acusaciones, que planteaban entre 22 y 25 años de prisión.
El tribunal descartó el delito de agresión sexual al no mediar violencia en una sentencia que levantó una ola de indignación social y que ha sido recurrida por el Ministerio Fiscal, la acusación particular y las acciones populares, ejercidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona. El fallo también fue recurrido por las defensas, que aseguran que se trató de relaciones sexuales consentidas.