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Quiénes pueden acceder a un pago especial de ANSES de $15.000
El organismo previsional posee un subsidio de contención familiar para un grupo de beneficiarios específico. Conocé todos los detalles.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga un reintegro de $15.000 para los familiares que sufrieron una pérdida hace poco. Se trata de un subsidio por los gastos de sepelio.
Quiénes pueden solicitar el subsidio especial de ANSES
En caso de fallecimiento de titulares de jubilación o pensión, pueden solicitarlo según este orden de prioridad:
- Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio, cremación o inhumación.
- Viudos, convivientes previsionales, hijos con derecho a la pensión por fallecimiento.
- Otras personas herederas de la persona fallecida.
En caso de fallecimiento de niños o adolescentes que se encontraban en tratamiento oncológico, pueden solicitarlo:
- Padre, madre o representante legal, que acredite haber pagado los gastos del servicio fúnebre, sepelio o cremación, del niño o adolescente menor de 19 años.
Qué documentación necesitás para recibir los $15.000 de ANSES
- Es necesario llevar el DNI y la partida de defunción de la persona fallecida.
Por persona fallecida titular de una jubilación o pensión, tenés que presentar además:
- Factura emitida a tu nombre.
- Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual.
- Póliza de la compañía de seguros.
- Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional) Se abona junto a la pensión de forma automática sin necesidad de hacer ningún trámite.
- Herederas y herederos de la persona fallecida pero que no tienen derecho a una pensión. En caso de no haber familiares con derecho a pensión ni factura donde consten los gastos de sepelio, los herederos podrán solicitar este subsidio presentando los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296, según el caso.
Cómo es el trámite para acceder al subsidio de $15.000 de ANSES
Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio, cremación o inhumación, debe hacerlo antes de cumplirse un año desde el fallecimiento.
Paso a paso:
- Reuní la documentación.
- Sacá un turno.
- Acercarte, con turno previo, a una oficina de ANSES.
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